SON YA 25 LOS FALLOS EN LOS QUE SE HA DADO LA RAZÓN A LOS TRABAJADORES

El TSJC emite siete nuevas sentencias favorables a los trabajadores de los Centros Turísticos

El tribunal continúa tumbando los argumentos mantenido por la dirección durante la huelga de agosto de 2017 y condena a la empresa a pagar los pluses que no abonó en 2015 y 2016

25 de mayo de 2019 (18:26 CET)
El TSJC emite siete nuevas sentencias favorables a los trabajadores de los Centros Turísticos
El TSJC emite siete nuevas sentencias favorables a los trabajadores de los Centros Turísticos

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado siete nuevas sentencias en las que da la razón a los trabajadores de los Centros Turísticos frente a los argumentos mantenidos por la dirección durante la huelga que tuvo lugar en agosto de 2017. Estos nuevos fallos se suman a los 17 que se produjeron el pasado mes de abril y a otro que fue dictado en noviembre del año pasado confirmando que los CACT incumplieron el convenio colectivo y un fallo judicial.

Según ha explicado a La Voz el asesor laboral de los trabajadores de los CACT, Andrés Barreto, el TSJC se ha pronunciado ahora "en los mismos términos" que en las sentencias anteriores. En ellas, se corrige el criterio del Juzgado de lo Social, que en primera instancia rechazó las demandas de los trabajadores y se confirma su derecho a recibir la cantidad correspondiente a los pluses de disponibilidad, transporte y lavado de ropa que no se les abonaron en los años 2015 y 2016. Así, el TSJC condena a los Centros a abonarles esa suma, que ronda los 766 euros por trabajador, además de los intereses correspondientes al tipo del 10% anual. 

Tal y como ha venido informando La Voz, el conflicto se originó tras la entrada en vigor del último convenio colectivo de los Centros. Y es que, en ese momento, la dirección empezó a pagar esos tres pluses solo en once pagas, descontando la del mes de vacaciones. Sin embargo, los trabajadores sostenían que no era lo que se había pactado en el convenio, donde lo que se hizo fue prorratear la cantidad correspondiente en doce pagas, independientemente de si era periodo vacacional o no.

Consejo Centros3Lo que se reclama "es la aplicación de lo pactado"


Los trabajadores acudieron entonces a los tribunales y consiguieron una sentencia firme que les daba la razón. Sin embargo, al ejecutar el fallo, lo que hizo la empresa fue empezar a pagar los pluses en doce pagas, pero reduciendo a la vez el importe de un complemento personal que reciben los trabajadores en virtud de ese convenio. Además, tampoco les abonó las cantidades atrasadas por los pluses de 2015 y 2016, alegando que ya estaba cubierta con lo que habían recibido de ese complemento personal. Por eso, los trabajadores presentaron nuevas demandas, tanto por la rebaja en el complemento personal desde 2017 como por las cantidades que les adeudaban de los años anteriores por los pluses.

"La empresa ha incumplido en este punto la sentencia y nada tiene que ver en relación con ello el complemento personal, que corresponde a otra finalidad", señalaba el TSJC en las 18 sentencias dictadas anteriormente, en las que se afirmaba además que el argumento dado por la dirección de los CACT, que alegaba que lo que pedían los trabajadores suponía "un incremento retributivo superior al permitido por la Ley General Presupuestaria", no se sostenía. 

"Se supone que al negociar el convenio colectivo, las partes ya tuvieron en cuenta lo establecido por la legislación presupuestaria, y lo que se está reclamando ahora es la aplicación de lo pactado, que lógicamente tiene que cumplir la normativa legal", subrayaba el TSJC en aquellos fallos que, según Barrero, son "idénticos" a los siete que se han notificado ahora. 

 

Recursos ante el Tribunal Supremo 


De esta forma, son ya 25 las sentencias en las que el TSJC ha dado la razón a los trabajadores de los Centros y, aunque aún quedan decenas por resolverse, se prevé que se pronuncie en el mismo sentido. No obstante, contra las mismas cabe recurso ante el Tribunal Supremo. De hecho, según ha afirmado el asesor laboral de los trabajadores, la dirección de los CACT ya ha formalizado el recurso de dos de ellas, que están pendientes de admisión según Andrés Barreto, y anunciado que recurrirá el resto. 

"Lo que no deja de ser curioso es que estén poniendo como sentencia contradictoria, en el recurso de casación, la sentencia de la sala que nos dio la razón en el conflicto colectivo", ha apuntado Barreto, que ha explicado que, además, por cada recurso, "además de depositar el fallo de la sentencia", los CACT tienen que "abonar 600 euros". 

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