El Consejo General del Poder Judicial ha acordado abrir un nuevo expediente disciplinario al juez del Juzgado de Instrucción número 3 de Arrecife, Rafael Lis Estévez, por desatención o retraso injustificado en la tramitación de diligencias en el llamado "caso Centros Turísticos".
En una resolución fechada el 14 de febrero a la que ha tenido acceso Efe, el Consejo General del Poder Judicial notifica que el promotor de la acción disciplinaria ha decidido expedientar a Rafael Lis para averiguar si el retraso que se le atribuye constituye una falta sancionable, en su modalidad muy grave, grave o leve.
Este expediente se incoa tras una denuncia interpuesta por dos de las personas investigadas en el "caso Centros Turísticos", que se quejaron ante el Poder Judicial de que el magistrado llevaba tres años sin resolver sus recursos contra la personación como acusación en ese procedimiento de la asociación de juristas Jiménez de Asúa.
Ese colectivo se ha personado como acción popular en varios procedimientos por corrupción abiertos en Lanzarote en los últimos años, aunque en muchos de ellos ha sido expulsada después por la Audiencia de Las Palmas, que ha visto indicios de "intereses espurios" en su actuación. De hecho, en los últimos años ha acabado defendiendo las mismas tesis de acusados como Luis Lleó y Juan Francisco Rosa, pese a que supuestamente pretendía ejercerla acusación contra ellos.
En el caso que ha dado lugar a este nuevo procedimiento disciplinario, el juez Rafael Lis investiga la presunta adjudicación irregular de contratos de suministros en la red de Centros de Arte, Cultura y Turismo del Cabildo de Lanzarote, a raíz de una denuncia presentada hace años por Ástrid Pérez como responsable de los CACT.
El juez Lis, que se enfrenta ahora a un nuevo expediente, se reincorporó recientemente a su puesto en el Juzgado número 3 de Arrecife después de haber cumplido una sanción de seis meses de suspensión que le fue impuesta por el CGPJ, y ratificada por el Tribunal Supremo, como autor de una falta muy grave, consistente en no haberse apartado de la instrucción de un procedimiento a sabiendas de que había sido recusado.