ASCAV celebra el "respaldo" de la Comisión Europea contra el "doble registro" de vivienda vacacional

La Federación de Vivienda Vacacional afirma que Bruselas insta al Gobierno español a "eliminar esa duplicidad administrativa y le da de plazo hasta el 20 de mayo"

EKN

4 de febrero de 2026 (10:26 WET)
Imagen aérea de viviendas en Playa Blanca
Imagen aérea de viviendas en Playa Blanca

Desde que se aprobó el Real Decreto por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos" y la Ventanilla Única Digital para la gestión de datos relacionados con alquileres de corta duración, “se impone un doble registro a los propietarios de viviendas turísticas en España”.

Así lo denuncia la Federación de Asociaciones de Propietarios de Viviendas de Alquiler Turístico (FAPAVAT), presidida por Doris Borrego.

España fue el primer país de la UE en adaptar la normativa comunitaria que obliga a crear un registro único de alquileres de corta duración. Desde el pasado mes de julio, es obligatorio dicho código, que otorgan los Registradores de la Propiedad y que contiene en su interior el número autonómico.

La normativa entró en vigor en enero de 2025 y exige que todas las viviendas turísticas y otros arrendamientos temporales se inscriban en un “adicional sistema centralizado bajo la supervisión del Ministerio de Vivienda”, a través de los registros de la propiedad.

FAVAPAT subraya que esta disposición infringe el reglamento de la Unión Europea, que prohíbe la duplicidad de registros, puesto que los alojamientos turísticos ya figuran en los registros autonómicos. Por lo tanto, “imponer una nueva inscripción a nivel estatal contradice la normativa europea, con prioridad sobre las leyes nacionales”.

Ahora, la propia Comunidad Europea, en un procedimiento de la tramitación de la Ley de Turismo Sostenible de Andalucía, “se pronuncia con contundencia” y recuerda que el reglamento europeo "prohíbe someter una misma vivienda a más de un procedimiento de registro cuando ya existe uno obligatorio".

Por ello, según FAVAPAT, Bruselas insta al Gobierno español a eliminar esa duplicidad administrativa y le da de plazo hasta el 20 de mayo

La Comisión recuerda a las autoridades españolas que la legislación comunitaria exige que todo procedimiento de registro establecido por un Estado miembro, ya sea a nivel nacional, regional o local, no estará sujeta a más de un procedimiento de registro.

Esta decisión ha sido especialmente celebrada por la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV) principal impulsora de FAPAVAT, considera este pronunciamiento un “espaldarazo” al recurso que presentó ante el Tribunal Supremo al día siguiente de entrar en vigor la norma y que se encuentra en fase de visto para sentencia.

Denuncian que esta situación está causando la “erradicación de viviendas turísticas en manos de miles de propietarios privados y empresas gestoras”, que eran plenamente legales. 

“El propio Ministerio de Vivienda ha celebrado la retirada de más de 86.000 viviendas turísticas de las plataformas de intermediación”, destacan.

 

"Invasión de competencias autonómicas"

Así mismo denuncian que el doble registro “vulnera la Constitución Española, al otorgar al Gobierno central competencias que corresponden exclusivamente a las comunidades autónomas” en materia de regulación de alojamientos turísticos. 

Además, “delegar la verificación de estas viviendas en los registradores de la propiedad, dependientes del Ministerio de Justicia, también es “una invasión de competencias autonómicas,  lo que genera un conflicto jurídico”.

FAPAVAT clarifica que “nunca se ha negado a una regulación, ni a un registro único” europeo, ni a cualquier normativa que “dé seguridad jurídica al sector que defiende”, que es al propietario particular de viviendas turísticas y de alquiler de corta estancia, como al gestor local de las mismas.

 

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