Le impone una multa de 14.000 euros por infracción muy grave

La APMUN obliga a demoler a un vecino de Yaiza las obras ilegales en su casa

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) ha notificado a un ciudadano una resolución en la que ordena la demolición de obras ilegales ubicadas en el lugar denominado ...

2 de noviembre de 2009 (21:58 CET)

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) ha notificado a un ciudadano una resolución en la que ordena la demolición de obras ilegales ubicadas en el lugar denominado "Montaña Los Chupaderos" de Yaiza. Asimismo, le ha impuesto una multa de más de 14.000 euros, concretamente 14.623,09, por infracción grave al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, según se ha publicado este lunes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Esta medida afecta a la construcción de edificaciones situadas en suelo rústico de protección paisajística, que se localizan dentro de los límites del paisaje protegido de La Geria. Las obras consisten en una construcción semienterrada de una planta de altura, que ocupa una superficie aproximada de 70 metros cuadrados; una edificación de 90 metros cuadrados destinada a la recogida de agua de lluvia; un aljibe de 15 metros cuadrados; un depósito metálico de forma cilíndrica; y una apertura de pista que ocupa una longitud de 160 metros.

La sanción de 14.623,09 euros se le impone al infractor por llevar a cabo las obras ilegales sin los títulos legitimantes necesarios para la ejecución de las mismas como son la calificación territorial y la licencia urbanística.

Sin localizar al vecino

El organismo público de naturaleza consorcial difunde en el BOC la Resolución al respecto, al no haber podido notificar la misma al interesado en su domicilio de conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según informa el Gobierno de Canarias a través de un comunicado.

En la notificación, la agencia ordena al ciudadano que restablezca el orden jurídico infringido, mediante la demolición de las obras. Igualmente, se le requiere para que en el plazo de un mes presente ante la APMUN, el proyecto de restauración y demolición, como primer trámite de ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento, provocará la ejecución forzosa de la demolición por parte de la Administración con cargo al infractor, conforme a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

La APMUN además informa de que, si el responsable de la alteración de la realidad física repusiera ésta por sí mismo a su estado anterior en los términos dispuestos por la Administración, tendrá derecho a la reducción en un 90 por ciento de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador.

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