El Tribunal Constitucional ha rechazado el último frente abierto en su día por Pedro San Ginés contra el Ayuntamiento de San Bartolomé por los nuevos parques eólicos de Inalsa, que pretendía que no pagaran los impuestos municipales por las licencias de construcción. En su resolución, el Tribunal no admite siquiera a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por Inalsa bajo el mandato de San Ginés, después de haber perdido todos los pleitos frente al Consistorio.
El alcalde, Alexis Tejera, ha mostrado su "enorme satisfacción" tras conocer la decisión del Constitucional, ya que afirma que deja "constancia de la rigurosidad con la que viene actuando en material procedimental el Ayuntamiento de San Bartolomé, en aras al principio de legalidad que ha de presidir toda actuación administrativa y que constituye una garantía para los servidores públicos y vecindad de este municipio".
"El propio Tribunal Constitucional ha entendido que no había fundamento mínimo en la cuestión planteada por el letrado asignado por Inalsa bajo el mandato de Pedro San Ginés, que en un recurso de apelación planteó la cuestión de inconstitucionalidad ante la sala de lo contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicias de Canarias, que elevó la cuestión de inconstitucional al Tribunal Constitucional", ha señalado Tejera.
La cuestión de constitucionalidad versaba sobre un artículo de la Ley del Sector Eléctrico Canario, entendiendo Inalsa que le eximía del pago de esos impuestos. Sin embargo, tal como sostenía el Ayuntamiento de San Bartolomé, el Tribunal vuelve a ratificar que la autorización especial otorgada por el Gobierno canario para la construcción de parques eólicos "equivale a una licencia urbanística", y por tanto está sujeta a ese pago de los impuestos de construcción y obras.