El Cabildo aprobará este viernes el reglamento del Órgano Ambiental de Lanzarote y La Graciosa

Betancort revela que "se trata de un documento fundamental para articular todas aquellas medidas encaminadas a mejorar la protección del medioambiente"

20 de febrero de 2024 (14:05 CET)
Actualizado el 20 de febrero de 2024 (16:13 CET)
El Cabildo aprobará el Reglamento del Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote y La Graciosa
El Cabildo aprobará el Reglamento del Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote y La Graciosa

El pleno del Cabildo de Lanzarote va a aprobar este viernes el Reglamento Orgánico por el que se crea y regula el Órgano de Evaluación Ambiental Insular de Lanzarote y La Graciosa, al amparo de lo establecido en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

El presidente del Cabildo, Oswaldo Betancort, afirma que “entre los fines concretos que se persiguen con esta norma se encuentran la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos de ámbito insular que determine la legislación en cada momento, además de mejorar la protección de nuestro entorno y el impulso de la sostenibilidad en la toma de decisiones, garantizando así una adecuada prevención de los impactos ambientales tanto en Lanzarote como en La Graciosa”. 

Betancort afirma que este instrumento ambiental de interés general nos permitirá tener una “mayor celeridad y funcionalidad a la hora de activar una mejor protección del medio ambiente, tal y como nuestras islas se merecen”.

En este sentido, el consejero de Ordenación del Territorio y Política Territorial, Jesús Machín, lamentó que “Lanzarote y La Graciosa no contaran, hasta ahora, con este Órgano de Evaluación Ambiental para garantizar una adecuada prevención de los posibles impactos ambientales que pudieran producirse, a través de instrumento completamente autónomo por razones de eficacia, eficiencia y agilidad”. 

Cabe señalar que este órgano se configura como complementario del Cabildo de Lanzarote, de carácter administrativo y colegiado, para el cumplimiento de sus fines específicos, integrado por personas que respondan a criterios de autonomía, especialización y profesionalidad, adoptando sus decisiones de forma colegiada.

Las personas integrantes del mismo ejercerán sus funciones con independencia, imparcialidad y objetividad, basando su actuación en los principios de celeridad y eficacia, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

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