Los "cabildos" de Baleares podrán precintar viviendas vacacionales que operen sin licencia

La novedad forma parte del Decreto ley de medidas urgentes para aumentar la oferta de vivienda asequible sin consumir más territorio

EKN

4 de octubre de 2023 (11:44 CET)
La consejera de Vivienda de Baleares, Marta Vidal, anuncia la medidas del Decreto.
La consejera de Vivienda de Baleares, Marta Vidal, anuncia la medidas del Decreto.

El Gobierno de Baleares ha aprobado esta semana una modificación de la Ley de Turismo regional que habilita a los inspectores de los consejos insulares de cada isla, equivalentes a los cabildos en Canarias, a precintar los inmuebles alquilados a turistas sin contar con licencia

Según indicó Marta Vidal, consejera balear de Vivienda, la Ley de Turismo solo contemplaba la clausura de establecimientos que infringieran de forma grave la normativa. Con la modificación incluida en el decreto esta opción se extiende a las viviendas alquiladas ilegalmente a turistas.

Este cambio forma parte del Decreto ley de medidas urgentes en materia de vivienda, con el objetivo de aumentar la oferta de viviendas disponibles en los municipios de las Baleares a precios asequibles.

El Decreto busca aumentar la disponibilidad de vivienda sin consumir territorio, en edificios existentes y parcelas no edificadas en suelo urbano.

La medida está pensada para facilitar el acceso a la vivienda a las clases medias y trabajadoras y a la gente joven, a través de una nueva figura, la vivienda de precio limitado (HPL).

El Decreto habilita un conjunto de medidas para generar la creación de nuevas viviendas de precio limitado por la Administración.

 

Reconversión de comercios y permiso para más alturas

El Decreto también contempla el cambio de uso de locales existentes (comerciales, administrativos, etc.), tanto de plantas bajas como de plantas de piso, para su reconversión en viviendas HPL.

Asímismo permitirá la división de viviendas existentes para crear nuevas viviendas HPL, mediante un aumento de las densidades máximas, tanto en edificaciones existentes como en parcelas sin edificar con usos residenciales plurifamiliares permitidos y unifamiliares entre medianeras.

También prevé el aumento de la edificabilidad en altura en edificaciones existentes o en parcelas con usos residenciales plurifamiliares permitidos,  la creación de viviendas en terrenos de equipamientos todavía sin desarrollar, o viviendas de protección si se trata de parcelas para equipamientos públicos.

Además, el Decreto ley habilita la posibilidad del cambio de uso a residencial de establecimientos turísticos obsoletos para que se destinen a crear este tipo de viviendas.

También amplía el régimen especial ya vigente que permite la creación de viviendas de protección en edificaciones inacabadas con licencia caducada, en estado ruinoso o en situación de inadecuación, para recuperar estas estructuras hoy inservibles para generar nuevas viviendas.

Asimismo, se prevé la cesión de terrenos de titularidad pública a la iniciativa privada para la promoción de viviendas de protección y de alojamientos dotacionales.

 

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