Se estima que unas 10.500 familias canarias, que residen como inquilinas en una vivienda protegida, podrán acceder a la propiedad de sus viviendas. El Consejo Consultivo de Canarias ha emitido un dictamen preceptivo en el que da su aprobación al decreto relativo a este asunto de la Consejería de Vivienda del Canarias, que dirige Sebastián Franquis.
Al decreto podrán acogerse las familias que viven en viviendas públicas de más de 25 años. Tras obtener el aval del Consultivo, Franquis volverá a elevar al Consejo de Gobierno la próxima semana este decreto para su aprobación definitiva, publicación en el Boletín Oficial de Canarias y entrada en vigor antes de final de este mes.
La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda mediante este decreto, ofrecerá en venta viviendas protegidas de promoción pública, tanto del Instituto Canario de Vivienda (ICAVI) como de la empresa pública Visocan, al precio de referencia que tuvieron las viviendas en el momento de la adjudicación. Además, se ofrece a los inquilinos una bonificación del 50% sobre ese precio de referencia y del restante 50% que deben de pagar los inquilinos, se descontarán todas las rentas ya pagadas.
De esta forma, tal y como se afirmó el consejero Sebastián Franquis, "con este decreto se cumple uno de los compromisos adquiridos por el Gobierno a través del Pacto por la Vivienda Digna y en el Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025, que es facilitar a las familias la adquisición de la propiedad de las viviendas que están habitando desde hace más de 25 años, ya sea en régimen de arrendamiento como de compraventa".
Para acogerse a este decreto, las familias deben haber abonado al menos el 35% de las rentas si están en régimen de alquiler protegido, o la mitad del precio de la vivienda que han ido abonando mensualmente en el caso de los que estén en régimen de propiedad.
Además, los que quieren acceder a la propiedad deberán demostrar que ocupan de forma habitual y permanente la vivienda de la que es adjudicataria, que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia sea propietarios de ninguna otra vivienda, estar al corriente en la cuota aprobada por la Junta Administradora relativa a los gastos comunes del edificio, y que la vivienda se encuentre asegurada con un seguro multirriesgo del hogar.