Condenado a ocho meses de prisión y a una multa por golpear y proferir insultos homófobos en Canarias

El encausado por el delito de odio negó ser homófobo y aseguró que tiene "amigos de esa índole". Sin embargo, testigos del juicio aseguraron que insultaba frecuentemente a la víctima por su condición sexual e incluso amenazaba con darle una paliza

EFE

5 de agosto de 2025 (10:16 WEST)
Actualizado el 5 de agosto de 2025 (10:32 WEST)
Juzgados de Santa Cruz de Tenerife.
Juzgados de Santa Cruz de Tenerife.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a ocho meses de cárcel y al pago de un total de 2.560 euros a un hombre acusado de proferir insultos homófobos y dar un puñetazo a otro en Puerto de la Cruz.

La Audiencia da por probado que cuando el condenado coincidía con el denunciante en un bar del centro de esta ciudad o alrededores, profería gritos para humillarle por su orientación sexual.

La mañana del 9 de septiembre de 2022 cuando el acusado permanecía en el bar, al ver pasar a la víctima nuevamente volvió a insultarlo, por lo que este se acercó con el fin de reprocharle su conducta, momento en el que el condenado se levantó y le dio un puñetazo en la cara y un golpe en el brazo izquierdo.

Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones compatibles con el ataque que tardaron cinco días en curarse, que no le impidieron realizar sus quehaceres diarios, por las que solo recibió una primera asistencia y de las que no han quedado secuelas.

En su declaración el encausado negó ser homófobo dado que “tengo amigos de esa índole”, se definió como una persona tranquila, nada conflictivo que jamás ha tenido problemas con nadie y muy al contrario siempre intenta ayudar a los demás. 

La versión del condenado es que fue el otro hombre quien se acercó a él moviendo los brazos y diciendo a gritos que lo estaba insultado y entonces se levantó, le dijo que siguiera su camino, que no le había dicho nada y ambos se empujaron.

Durante el juicio, dos testigos confirmaron que eran habituales los insultos y que alguna vez el denunciado había llegado a decir: “Cualquier día le doy una paliza”. 

El Ministerio Público y la acusación particular mantuvieron su petición de condena de dos años de cárcel y pago de 4.000 euros por un delito de odio, mientras que la defensa solicitó la absolución. 

En la pena se incluye la prohibición de acercarse al denunciante a menos de 500 metros y de comunicarse con él durante un período de dos años superior al tiempo de condena. 

La cantidad a pagar se divide en una multa de dos meses con cuota diaria de 6 euros, 200 por los días que tardó en curarse y 2.000 como indemnización por los daños morales sufridos.

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