El TSJC avala el despido de una auxiliar que no suministró la medicación a una anciana en Lanzarote

Tras una queja interpuesta por la hija de la mujer a la que esta trabajadora cuidaba, la empresa abrió un expediente en su contra y decidió despedirla

4 de marzo de 2026 (08:39 WET)
Actualizado el 4 de marzo de 2026 (08:40 WET)
Ciudad de la justicia de Las Palmas de Gran Canaria.
Ciudad de la justicia de Las Palmas de Gran Canaria.

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado procedente el despido de una auxiliar de domicilio que no suministró la medicación a una anciana ni darle el desayuno a pesar de que su contrato recogía que debía ayudar a administrarle los medicamentos.

Tras una queja interpuesta por la hija de la anciana a la que esta trabajadora cuidaba, la empresa Asidma Servicios Sociales, que tiene subcontratado el servicio de ayuda a domicilio de Canarias, abrió un expediente contra la empleada y a los cinco días extinguió su contrato.

En un primer momento, la trabajadora recurrió su despido y el Juzgado de lo Social número 3 de Arrecife declaró que este había sido improcedente, obligando a la entidad a contratarla de nuevo y con las mismas condiciones que antes del despido. Al mismo tiempo, dictó que la empresa debía abonarle los salarios dejados de percibir, valorados en 13.709 euros. 

La empresa recurrió este fallo ante el Juzgado de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ahora ha revocado y desestimado la demanda de la empleada. 

La empresa argumentó que al no suministrar la medicación a la anciana estaba generando un riesgo en su salud y llevando a cabo un "incumplimiento consciente" de sus labores profesionales. 

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