El TEDH condena a España por desproteger a una trabajadora que denunció discriminación salarial

La empresa despidió a la trabajadora después de que los tribunales españoles le dieran la razón y alegó que había utilizado documentos internos para acreditar esa discriminación

5 de diciembre de 2025 (11:53 WET)
Actualizado el 5 de diciembre de 2025 (12:22 WET)
El abogado Blas Ríos Galacho.
El abogado Blas Ríos Galacho.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado la razón a una trabajadora española que fue despedida tras denunciar discriminación salarial por razón de sexo. En su sentencia sobre el caso Ortega Ortega vs. Spain, el Tribunal reprocha a la justicia española no haber garantizado la protección efectiva frente a represalias después de que la empleada reclamara judicialmente que cobraba menos que sus compañeros hombres.

El abogado del caso, Agustín del Castillo García, del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y Profesor Asociado Doctor de la Universidad de Málaga, ha expresado su “profunda satisfacción” por un resultado que califica de “hito jurídico y personal”, recordando que solo alrededor del 4% de las demandas presentadas ante el TEDH logran ser admitidas. Del Castillo subraya que este trabajo ha sido posible gracias a la colaboración constante y decisiva del Abogado de Málaga y Lanzarote, Blas Ríos Galacho, y de los Catedráticos de Derecho del Trabajo de la UMA, Francisco Vila Tierno y Juan Carlos Álvarez Cortés.

El caso tiene su origen en una reclamación por discriminación retributiva que ya fue reconocida por los tribunales españoles y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Sin embargo, la empresa despidió posteriormente a la trabajadora alegando que había utilizado documentos internos para acreditar esa discriminación. El TEDH considera ahora que dicho despido constituyó una represalia y que el Estado español no garantizó la protección necesaria para hacer efectivo su derecho.

La sentencia concluye que se ha vulnerado el Convenio Europeo de Derechos Humanos y condena al Estado a compensar económicamente a la afectada. Pero el pronunciamiento va más allá: abre la puerta a que el caso regrese al Tribunal Supremo, que deberá pronunciarse sobre el fondo del asunto y valorar la responsabilidad de la empresa.

“Primero se discriminó y después se despidió a la trabajadora. Ahora el Tribunal Europeo lo confirma y reconoce que la justicia española no la protegió”, concluye Del Castillo.

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