El Supremo ordena continuar con la causa contra San Ginés por falso testimonio y denuncia falsa

El Alto Tribunal pide al Ministerio Fiscal y a la acusación popular para que solicite la apertura de juicio oral en un plazo de diez días

5 de mayo de 2025 (12:57 WEST)
Actualizado el 5 de mayo de 2025 (14:29 WEST)
Pedro San Ginés, entrando a los Juzgados para declarar como imputado
Pedro San Ginés, entrando a los Juzgados para declarar como imputado

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro ha dictado un auto por el que ordena continuar la causa por el procedimiento abreviado contra el senador y expresidente del Cabildo de Lanzarote Pedro Manuel San Ginés Gutiérrez (Coalición Canaria) por presuntos delitos de falso testimonio y/o acusación y denuncia falsa.

En su auto da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la acusación particular para que en el plazo de 10 días soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o muy excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias.

El magistrado ha dictado este auto tras la decisión de la Sala de lo Penal, de 9 de abril de 2025, que anuló el auto de sobreseimiento libre y archivo definitivo de la causa, acordada por el instructor el 17 de abril de 2024, y ordenó la continuación de la misma. La Sala estimó los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

En el auto del 9 de abril, la la Sala Segunda de lo Penal del Supremo defiende que el archivo acordado "se perfila como precipitado" ya que se trata de "una causa precedida por una previa instrucción", que fue "avalada por la Audiencia Provincial de Las Palmas".

Los hechos se remontan al miércoles 11 de noviembre de 2009 a las 22.30 horas de la noche, cuando San Ginés se personó en el cuartel de la Guardia Civil de Costa Teguise para denunciar a Carlos Espino, Antonio González y a José Manuel Páez por los contratos entre los Centros Turísticos y la empresa de González, Climafrical. 

El Alto Tribunal expone que aunque "no existe una absoluta vinculación" entre la denuncia de Pedro San Ginés y la imputación del empresario Antonio González "sí una innegable base indiciaria". Además, añade que estos indicios "distan de poder ser tachados de extravagantes o arbitrarios" y que incluso sustentó su "validación" al dictarse el auto de apertura del juicio oral.

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