EL ACUSADO HABÍA RECURRIDO EL FALLO ALEGANDO "AUTOCONSUMO"

El Tribunal Supremo ratifica tres años de cárcel para un hombre que fue pillado con 14 gramos de cocaína

Además de por un delito de tráfico de drogas, también ha sido condenado a 50 días de trabajo en beneficio de la comunidad porque iba conduciendo un coche sin carné 

7 de marzo de 2019 (18:03 CET)
El Tribunal Supremo ratifica tres años de cárcel para un hombre que fue pillado con 14 gramos de cocaína
El Tribunal Supremo ratifica tres años de cárcel para un hombre que fue pillado con 14 gramos de cocaína

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado una condena a tres años de prisión y multa de 853,35 euros a un hombre que fue pillado con 14,55 gramos de cocaína en Puerto del Carmen. Además, el acusado ha sido condenado también como autor de un delito contra la seguridad vial a 50 días de trabajo en beneficio de la comunidad, ya que también en aquel momento conducía un coche "sin permiso".

Los hechos tuvieron lugar sobre las 17:20 horas del 4 de julio de 2016, cuando el acusado conducía un audi TT por Puerto del Carmen "sin haber obtenido nunca licencia o permiso, con el consiguiente riesgo para la seguridad del tráfico y los restantes usuarios de la vía". Además, "con total desprecio por la salud individual y colectiva", portaba dos envoltorios que contenían 14,55 gramos "con una riqueza media del 55,16%", que en el mercado ilícito hubieran alcanzado "un valor de 853,35 euros", según se recoge en un auto. 

Por estos hechos, el acusado ya fue condenado por la Audiencia Provincial en abril de 2018, pero el acusado recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias alegando que la droga era para "autoconsumo". Sin embargo, el TSJC confirmó el pronunciamiento al considerar que los hechos eran constitutivos de un delito de tráfico de drogas, por lo que el acusado presentó un nuevo recurso, en este caso ante el Tribunal Supremo, que ni siquiera lo ha admitido a trámite.

 

Tiró la droga al encontrarse con el control policial 


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo destaca que, como ya tuvo en cuenta el tribunal sentenciador, los agentes declararon en el juicio que "en el control observaron que el acusado tiraba la droga, que la sustancia estaba distribuida en dos envoltorios" y que "se carece de dato alguno que permita acreditar su alegado consumo de droga". 

"Y aun cuando ciertamente la cantidad de droga incautada era escasa, precisa que el conjunto indiciario citado permite descartar que su tenencia lo fuera para el autoconsumo", se añade en el auto, en el que se apunta que "el Tribunal Superior de Justicia de hace hincapié en que no se cuenta con prueba alguna de que el acusado sea consumidor de la sustancia que le fue incautada, ni siquiera esporádico". 

Al respecto, el Tribunal Supremo explica que "en el ámbito de los delitos contra la salud pública, es evidente que la prueba de la finalidad o destino de la sustancia al tráfico, ordinariamente, se obtiene mediante prueba indiciaria". Y "las salas sentenciadoras indican minuciosamente los indicios acerca de la inferencia de que la droga intervenida estaba destinada a su venta a terceras personas, cumpliendo el requisito formal que exige la prueba indiciaria", añade la sala, que considera que "la relevancia penal de la conducta es indiscutible" y que "la subsunción efectuada es correcta". 

Además, dado que el acusado "no alega ni plantea argumentos distintos a los ya esgrimidos con anterioridad que permita a esta sala advertir y apreciar cuáles son las razones que podrían dar lugar a un pronunciamiento que se apartara de las conclusiones obtenidas en las dos instancias previas a la casación", el Tribunal Supremo considera que la cuestión "carece de relevancia casacional" y, por ello, inadmite el recurso presentado por el acusado ratificando la condena. 

Según se recoge en el auto, el acusado cuenta además con una condena anterior a un año y seis meses de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación que se le impuso en 2009, aunque no es computable a efectos de reincidencia. 

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