EL ACUSADO RECONOCIÓ LOS HECHOS DURANTE EL JUICIO

El Supremo ratifica 15 años de cárcel para el hombre que quemó una casa con su expareja e hijo dentro

Ha rechazado el recurso que presentó la defensa del acusado, haciendo firme la condena 

1 de marzo de 2018 (22:13 CET)
El Supremo ratifica 15 años de cárcel para el hombre que quemó una casa con su expareja e hijo dentro
El Supremo ratifica 15 años de cárcel para el hombre que quemó una casa con su expareja e hijo dentro

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a 15 años de prisión al italiano de 41 años que en 2014 prendió fuego a la vivienda de Argana Alta en la que residían su expareja y su hijo mientras dormían. La Audiencia Provincial dictó una primera sentencia condenatoria en julio y ahora el Supremo ha rechazado el recurso de casación que presentó el acusado haciendo firme el fallo. 

Aunque Vicenzo Pernice reconoció los hechos durante el juicio, su defensa recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial al considerar que el tribunal había fijado incorrectamente la pena por "una indebida aplicación" de la agravante mixta de parentesco. Consideraba además su abogado que al concurrir también la atenuante de reparación del daño, se debía haber aplicado "la pena en el mínimo previsto por la ley" y no "por encima del mínimo legal". 

"La regla de compensación no es aritmética y y permite al juzgados imponer la pena en atención a la persistencia de una mayor intensidad en la circunstancia agravante", sostiene el Tribunal Supremol, añadiendo que el Tribunal Supremo, apuntando que la Audiencia Provincial no sólo justificó además la imposición de la pena "en la mayor intensidad agravatoria de la circunstancia mixta de parentesco", sino en "otras circunstancias justificativas de la gravedad de los hechos" como el que en la vivienda no sólo se hallara su expareja, sino también su hijo, "dos víctimas potenciales"; que su hijo tenía tres años y era "asmático" y que el acusado "tenía en vigor una medida de alejamiento de su expareja, por lo que al cometer el delito, asimismo estaba quebrantando la misma". 

 

El Tribunal Supremo considera que la pena se fijó "conforme a derecho"


De esta forma, el alto tribunal concluye que la Audiencia Provincial fijó la extensión de la pena "conforme a derecho" y que "justificó la misma de forma motivada" por lo que rechaza el recurso de casación del acusado, ratificando su condena a 15 años de cárcel, doce por un delito de incendio y tres por uno de lesiones por los daños que sufrió su hijo. 

El fallo también prohibía a Vincenzo Pernice acercarse a menos de 500 metros de su expareja y su hijo, "de su domicilio particular, de su lugar de trabajo y de cualquier otro que los mismos frecuenten" y "comunicarse con ellos por cualquier medio durante 25 años". Igualmente, le condenaba a "la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad" respecto a su hijo, "hasta que el menor alcance la mayoría de edad".

Asimismo, Vincenzo Pernice deberá pagar indemnizar con 630 euros a su hijo "por las lesiones sufridas" y pagar una indemnización a la propiedad de la vivienda de 5.542,93 euros por los daños causados.

 

Reconoció los hechos aunque afirmó que sólo quería "asustar"


Los hechos tuvieron lugar el 2 de noviembre de 2014 sobre las 5 horas cuando Vincenzo Pernice acudió a la vivienda "con el ánimo de prender fuego al mismo y a sabiendas de que allí se encontraba su expareja sentimental y su hijo".

El condenado, según se considera probado por la Justicia, roció la puerta principal de la viviendas "con dos litrtos de gasolina que portaba en una garraga y la prendió". En el domicilio "quedaron atrapados su expareja y su hijo, quienes "lograron salvar sus vidas debido a que afortunadamente" la mujer "se despertó y vio el humo y los vecinos ayudaron tanto a ella como a su hijo a salir por la azotea de la vivienda, al no disponer de otra vía de salida".

No obstante, a consecuencia del suceso, el hijo del condenado "sufrió lesiones consistentes en inhalación de humo, broncoespasmo secundario a inhalación y neumonía aguda secundaria". Unas lesiones por las que precisó de "una primera asistencia facultativa" y de un "tratamiento médico posterior consistente en hospitalización, tratamiento broncodilatador y antibiótico y oxígeno". Tardó "10 días" en curar, de los que siete estuvo hospitalizado.

Como ya se señaló anteriormente, el procesado reconoció los hechos durante el juicio, aunque aseguró que su intención no era causar daño sino "asustar" y que pensaba que la casa estaba vacía. Sin embargo, su expareja afirmó que él ya la había amenazado con quemarla "porque era silencioso y nadie se iba a enterar".

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