EL ANIMAL PRESENTABA OTITIS Y UNA INFECCIÓN "SEVERA" EN LOS OJOS

Condenada a una multa de 540 euros por abandonar a un perro en una casa de Arrecife al ser desahuciada

El perro, que acabó falleciendo dos meses después, fue encontrado por la Unidad de Protección Animal de la Policía Local de Arrecife  "en nefastas condiciones sanitarias e higiénicas" y "sin medios para subsistir"

2 de julio de 2019 (14:57 CET)
Condenada a una multa de 540 euros por abandonar a un perro en una casa de Arrecife al ser desahuciada
Condenada a una multa de 540 euros por abandonar a un perro en una casa de Arrecife al ser desahuciada

Una vecina de Lanzarote ha sido condenada a pagar una multa de 540 euros por un delito leve de abandono animal, después de que dejara "encerrado" a un perro en una vivienda de Arrecife de la que acababa de ser desahuciada, "en nefastas condiciones sanitarias e higiénicas y sin medios para subsistir". El animal presentaba además una infección en los ojos "severa" así como en los oídos y, según la Unidad de Protección Animal de la Policía Local de Arrecife, acabó falleciendo a los dos meses.

El desahucio tuvo lugar el pasado mes de enero y la Unidad de Protección Animal de la Policía Local intervino después de ser requerida por la comisión judicial, ante la sospecha de que pudiera haber algún animal en la vivienda. 

El Juzgado de Instrucción número 1 de Arrecife considera probado que la mujer "se marchó del inmueble dejando en la terraza del mismo, encerrado, sin comida ni agua, a una perra de raza Bulldog francés, sin microchip, ni tarjeta sanitaria, que parecía queratoconjuntivitis seca severa y otitis externa crónica". Además, se apunta que la terraza donde se halló el animal, sIn que su presencia hubiera sido advertida a la comisión judicial que había realizado el lanzamiento, se encontraba "llena de excrementos y orines". Tras ello, el perro fue trasladado a la protectora de animales Sara. 

 

Declaración de la denunciada 


Según se recoge en el fallo, la denunciada manifestó que "tenía tres perros" y que "sólo pudo llevarse a dos porque era el número que le admitían en la casa en la que iba a residir". Así, reconoció que "dejó a un perro en la azotea de la vivienda". No obstante, aunque también declaró que al animal se le habían ido "poniendo los ojos y las orejas malos" y que "no le llevó nunca al veterinario", también afirmó que el perro estaba "perfecto", a pesar de que el informe veterinario que se emitió después de que el animal fuera rescatado y trasladado a dependencias de la protectora de animales Sara, concluía que éste padecía graves infecciones. 

Así, el Juzgado de Instrucción número 1 de Arrecife considera que la prueba de cargo practicada en el juicio oral, constituida por el atestado policial donde se incluía el informe del veterinario, y la declaración del agente que rescató al perro, evidencia la "grave dejadez en el cuidado" y el "desamparo en que la denunciada dejó al animal cuando desalojó el inmueble, sin poner en conocimiento de ninguna persona que un animal permanecía en la terraza cerrada en nefastas condiciones sanitarias e higiénicas y sin medios para subsistir, todo lo cual vulnera cualquier obligación legal y moral de protección a los animales domésticos y los deja en unas condiciones que ponen en peligro su vida y, desde luego, su integridad". 

 

Considera que "no procede" la inhabilitación para la tenencia de animales 


Por ello, considera a la denunciada culpable de un delito leve de abandono animal y le impone una pena de 90 días de multa, a razón de seis euros diarios, "en atención a la perdurabilidad en el tiempo del abandono, que fue solventado en un breve lapso temporal y a que afectó a un único animal". 

Asimismo, aunque el Código Penal permite imponer penas de tres meses a un año de inhabilitación para la tenencia de animales, en este caso el Juzgado considera que "no procede". "No se acredita ninguna sanción penal o administrativa relacionada con la naturaleza del delito por el que aquí se le condena", señala la sentencia, que apunta además que la denunciada "es propietaria de otros dos animales" y "no consta que se encuentres en malas condiciones". Así, el juzgado señala que "hay que confiar en que esta sentencia y condena sea efectivamente rehabilitadora y provoque un cambio de actitud futura en la condenada". 

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