Camero, visto para sentencia: el fiscal advierte del “demoledor daño” material e “inmaterial” a Yaiza

Las defensas han pedido la absolución y han tachado de "irracional" y "frívola" la causa, mientras que la acusación popular se ha adherido a las conclusiones de la Fiscalía. "El asesoramiento de Fernández Camero consistía en infringir la ley"

I.L.

Periodista

27 de junio de 2022 (20:17 CET)
Actualizado el 27 de junio de 2022 (20:36 CET)
El acusado Felipe Fernández Camero, durante el juicio (FOTOS José Luis Carrasco)
El acusado Felipe Fernández Camero, durante el juicio (FOTOS José Luis Carrasco)

El juicio por el presunto expolio de casi un millón de euros del Ayuntamiento de Yaiza ha quedado este lunes visto para sentencia, con una petición de 6 años de cárcel para el abogado Felipe Fernández Camero. La misma pena se solicita para el ex alcalde, José Francisco Reyes, y para el ex secretario interventor, Vicente Bartolomé Fuentes, mientras que el cuarto acusado, el ex trabajador municipal Antonio Fernández Martín, se enfrenta a una petición de 5 años y medio de cárcel.

“La pena tiene que ser elevada, no podría ser de otra manera”, ha señalado el fiscal al presentar sus conclusiones, en las que ha subrayado la elevada “cuantía” que se detrajo de las arcas públicas, la “continuidad delictiva” -entre los años 1996 y 2008- y la “concurrencia de delitos”, entre los que incluye malversación, prevaricación y falsedad documental.

Además, el fiscal ha subrayado no solo el perjuicio económico causado al Consistorio, sino también el “demoledor daño inmaterial”, por la pérdida de la confianza de la ciudadanía en las instituciones.

Junto a penas de prisión e inhabilitación para los cuatro acusados, el Ministerio Fiscal pide que sean condenados a devolver al Consistorio 970.752 euros, respondiendo solidariamente cada uno de ellos en la cantidad que presuntamente contribuyó a malversar.

En su alegato final, el fiscal ha recordado que Fernández Camero recibió “dos tipos de pago” del Ayuntamiento. Por un lado, cobraba un dinero mensual por “supuestos servicios de asesoramiento jurídico”, primero a su nombre y a partir del año 2004 -tras ser sancionado por Función Pública como secretario de Arrecife- a través de su sociedad, Adelfas 24.

“No se justificó beneficio al Ayuntamiento de Yaiza, más allá del lucro personal del acusado”, ha subrayado el representante de la Fiscalía.

A esto se sumaron otros pagos por su supuesta representación como abogado en distintos procedimientos, e incluso el abono de gastos por desplazamiento, dietas y hasta taxis, “sin atribución a un servicio concreto”.

Al respecto, el fiscal se ha remitido a los informes de los peritos judiciales que han declarado durante el juicio, y que confirmaron las irregularidades tanto de las adjudicaciones directas a Camero como de los pagos, que se realizaban sin el correspondiente expediente, y por tanto sin poder comprobar si se ajustaban a “servicios prestados”.

Además, también ha tratado de desmontar una de las tesis de la defensa, que citó como testigos a dos abogados que también prestaron servicios para Yaiza hace más de dos décadas. “A pesar de los intentos llevados a cabo por la defensa de establecer una situación de igualdad, se observan elementos diferenciadores bestiales”, ha señalado el fiscal, destacando entre otras cosas que ellos “sí prestaron sus servicios”, que “no fijaron unilaterlamente el precio”, ni lo “aumentaron unilateralmente”, y que tampoco incurrían en causa de incompatibilidad, como sucedía con Camero, que primero era también secretario del Ayuntamiento de Arrecife y después, además, fue sancionado por Función Pública, lo que le impedía trabajar para la administración.

A esto ha añadido otro elemento respecto a la declaración de estos abogados: “Ninguno de ellos recuerda que el acusado Felipe Fernández Camero prestase servicios para el Ayuntamiento”, pese a que supuestamente coincidieron durante varios años.

 

La defensa sostiene que no hay que aplicar la Ley de Contratos

Por su parte, las defensas han pedido la absolución, aferrándose a un acuerdo plenario de hace cuatro décadas, al que se vienen remitiendo desde el primer día del juicio, para sostener que Camero ya fue designado asesor jurídico de Yaiza 16 años antes de la llegada de Reyes a la Alcaldía. Ese acuerdo de 1980 establecía un pago mensual de 50.000 pesetas (300 euros al mes) por servicios de asesoramiento, pero en la etapa de José Francisco Reyes recibió casi un millón de euros sin que consten ni adjudicaciones ni presupuestos previos.

Sin embargo, el abogado de Camero, José Antonio Choclán Montalvo, ha insistido en que ese acuerdo plenario daba cobertura a las posteriores adjudicaciones, y ha cuestionado que la acusación y los peritos judiciales hayan hecho hincapié en el incumplimiento de la Ley de Contratos.

“No es discutido que no se ajusta a la Ley de Contratos”, “no cumple ni uno solo de los parámetros que se dan por esa ley”, ha admitido el abogado, para a continuación agregar que, según su tesis, “la cuestión no es ésa”. “La cuestión es si es de aplicación”, ha defendido, alegando que “no se ha practicado ninguna prueba” al respecto, y tampoco “sobre el delito de malversación”.

Además, ha calificado de “irracional”, “arbitraria”, “selectiva” y hasta de “frívola” la acusación, y ha insistido en la “falta de pruebas”. “¿Dónde está la prueba de que Felipe Fernández Camero decidiese la iguala?”, ha cuestionando en referencia a las facturas que cargaba al Consistorio por ese “asesoramiento” mensual, y que se fueron incrementando sin que conste ningún acuerdo municipal sobre esos importes. Para el letrado, fue “razonable la subida progresiva”, y el hecho de que no haya ningún documento que la avale no significa que la acordara “unilateralmente” su cliente.

 

"Protegía los intereses de los promotores"

“El asesoramiento de Felipe Fernández Camero consistía en infringir la ley”. Eso es lo que ha sentenciado por su parte la abogada de la acusación popular, ejercida por Transparencia Urbanística, que ha subrayado que Camero era también abogado de los promotores que obtuvieron licencias ilegales del Ayuntamiento, además de secretario de Arrecife y abogado de otros cuatro ayuntamientos. “Era imposible, salvo que tuviera el don de la ubicuidad, que cumpliera su trabajo”, ha afirmado la letrada, que ha recordado las distintas sociedades que también tenía a su nombre, y que tenían en su objeto social la “promoción turística” y la “construcción” en Yaiza, donde ejercía de asesor.

“¿Qué asesoramiento jurídico daba? Qué interés protegía? Los intereses de los promotores”, ha concluido la letrada, recordando los procedimientos penales en los que ya han sido condenados tanto Reyes como Bartolomé Fuentes.

En particular ha hecho hincapié en el caso Yate, en el que Fernández Camero estuvo imputado como presunto inductor de la conducta delictiva de José Francisco Reyes. Sin embargo, los cargos contra él se terminaron archivando, porque “no hubo manera de demostrar que era lo que aquí sí se ha declarado: el asesor jurídico urbanístico”.

Eso es lo que ha destacado la letrada en sus conclusiones, al poner sobre la mesa las contradicciones entre lo que declararon Reyes y Bartolomé Fuentes en esa causa, y lo que han manifestado en el juicio de esta pieza separada por malversación. “En Yate, Vicente Bartolomé declaró que no conocía prácticamente a Camero, que nunca le había hecho consultas urbanísticas”, ha recordado, contraponiéndolo con su declaración en este juicio, en el que han hablado de un asesoramiento “constante” para justificar esos pagos.

Además, se ha referido a la “omertá” (la “ley del silencio”) y al “sometimiento” del alcalde y del secretario a Fernández Camero. “Tanto les ha sometido, que han cumplido años de cárcel por protegerle”, ha afirmado, en referencia a las condenas de ambos en el caso Yate.

Al respecto, ha recordado que en esa causa se demostró que cargos públicos y funcionarios de Yaiza incumplieron la legalidad urbanística dejando que el municipio se desarrollara “a capricho de los promotores”. Y en el caso de Reyes, él mismo confesó que lo hizo a cambio de sobornos.

Mientras tanto, Fernández Camero trabajaba como abogado de algunos de los beneficiarios de esas licencias y a la vez “asesoraba” al Ayuntamiento. “Los trabajos que realizó eran inútiles. No beneficiaban al interés de Yaiza, sino que perjudicaban al Ayuntamiento”, ha cuestionado la abogada de la acusación.

“No es otra cosa que vender los intereses públicos del Ayuntamiento en favor de sus clientes privados”, ha añadido, destacando que el Consistorio defendía en los tribunales las mismas “tesis” que esos promotores. Además, ha recordado que Camero perdió todos esos pleitos frente al Cabildo y frente a la Fundación César Manrique.

“En la oscuridad nace la corrupción. Y estamos ante un caso de corrupción”, ha advertido la abogada a la Sala, señalando que si no había personal habilitado con conocimientos jurídicos en el Ayuntamiento era “porque no querían que hubiera”, porque “hubiera dicho que eran licencias ilegales”. “Pero tenían a Camero”, ha apostillado.

Además, ha destacado la situación económica en la que quedó el Ayuntamiento tras la Alcaldía de Reyes, con una deuda millonaria. “Acabó en 2005, después del boom turístico, con una bancarrota”, ha señalado, recordando que el Ayuntamiento ni siquiera cobraba el IBI al puerto deportivo Marina Rubicón, cuya licencia también fue declarada ilegal. La letrada se ha referido a uno de los promotores de ese puerto ilegal, Juan Francisco Rosa, que acudió como público a la primera sesión del juicio celebrada en Gran Canaria, en la que estaba previsto que declarara Camero.

“Se esquilmó al Ayuntamiento de Yaiza. En vez de repartir la riqueza en la ciudadanía, lo que hizo fue quedarse en el patrimonio de Camero y de los acusados”, ha concluido la abogada de Transparencia Urbanística, que se ha adherido a la petición de penas del Ministerio Fiscal.

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