Anulan el desahucio de una pareja de una vivienda de Tahíche, que les fue cedida con un "contrato atípico"

Aunque la cesión se realizó a cambio de la realización de obras en la vivienda, de las que parte fueron "paralizadas" por el Ayuntamiento de Teguise, la Audiencia Provincial no comparte que la contraprestación haya desaparecido

30 de enero de 2020 (22:18 CET)
Anulan el desahucio de una pareja de una vivienda de Tahíche, que les fue cedida con un "contrato atípico"
Anulan el desahucio de una pareja de una vivienda de Tahíche, que les fue cedida con un "contrato atípico"

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial dictó una sentencia el pasado mes de septiembre anulando un desahucio de una pareja de una vivienda de Tahíche, cuyo uso les fue cedido por el propietario. Y es que, aunque dicha cesión se realizó mediante "un contrato atípico" y a cambio de la realización de obras en la vivienda, de las que parte fueron "paralizadas" por el Ayuntamiento de Teguise, la sala no comparte que la contraprestación haya desaparecido. 

En concreto, según se recoge en el fallo, la cesión se produjo a cambio de que realizaran obras de acondicionamiento de la misma y ejecutarán muros perimetrales en la finca. Al respecto, el dueño sostenía que los trabajos de reparación del inmueble ya habían finalizado y que, con respecto a los muros, las obras no podían seguir ejecutándose "por problemas con disciplina urbanística del Ayuntamiento de Teguise". 

Por ello, entendía que el contrato había perdido validez y presentó una demanda, ante la que el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Arrecife le dio la razón en una sentencia de fecha del 9 de febrero de 2018, en la que condenaba a la pareja "a dejar libre" la vivienda "bajo apercibimiento de lanzamiento" si no lo hacían "en plazo legal". 

 

Los acusados imputaban la paralización de las obras al dueño 


Sin embargo, la pareja recurrió dicho fallo, mostrando en primer lugar su desacuerdo con que "las obras de rehabilitación o reparación de la vivienda" encomendadas por el dueño "estén finalizadas". Además, imputaban la paralización de las obras de los muros perimetrales de la finca "a la desidia o negligencia" del propietario, "que no habría solicitado la oportuna licencia de obras", sosteniendo así que habían dejado de ejecutarse "por causas ajenas" a su voluntad. 

Además, los recurrentes manifestaban que no se había tenido en cuenta la declaración de testigos, que afirmaban "haber presenciado conversaciones" entre ellos y el dueño de la vivienda "fijando la cesión del uso de la vivienda por tiempo de diez años". Y es que, aunque el propietario presentó un contrato con fecha de 20 de diciembre de 2014 que "tenía por único objeto el empadronamiento de los demandados" en la vivienda, los moradores defendían que existía "en realidad un acuerdo de cesión del uso" por "un plazo concreto". 

"Existe un vínculo contractual o contrato atípico revestido en parte de las notas características del arrendamiento de obras o de la prestación de servicios",  señala la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, que considera que en el juicio "quedó probado" que  "el vínculo jurídico no deriva del contrato de diciembre de 2014 denominado 'arrendamiento en precario'". Y es que, apunta que el propio abogado del propietario de la vivienda reconoció que "los demandados ya residían en la vivienda" anteriormente. 

Además, la sala afirma que no comparte que "tras la paralización de las obras por disciplina urbanística del Ayuntamiento de Teguise, la contraprestación haya desaparecido pasando a ser la ocupación de los demandados gratuita y por tanto en precario". "Y ello porque es inidóneo y no cabe pronunciarse en este específico procedimiento sobre la posible resolución del contrato existente entre ello, pues no estando conformes los demandados con la resolución del contrato objeto de litis habrá de ventilarse en el correspondiente juicio declarativo", añade. 

"La posible pérdida sobrevenida de objeto del contrato por imposibilidad legal de cumplimiento de la prestación o el posible incumplimiento del contrato por parte del actor por no haber solicitado la oportuna licencia de obras y sus consecuencias jurídicas, puesto que el cumplimiento del contrato no puede quedar al arbitrio de uno solo de los contratantes, son cuestiones que no pueden resolverse en el juicio de desahucio por precario", concluye la sala.
 

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