"Le tocó un pecho e intentó besarla", según la sentencia

La Audiencia Provincial condena a un guardia civil a 6.300 euros de multa por abusar sexualmente de una mujer en Yaiza

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un guardia civil por un delito de abuso sexual, cometido en la carretera de Playa Blanca a Yaiza hace dos años. La pena es una multa de ...

16 de abril de 2013 (22:05 CET)
La Audiencia Provincial condena a un guardia civil a 6.300 euros de multa por abusar sexualmente de una mujer en Yaiza
La Audiencia Provincial condena a un guardia civil a 6.300 euros de multa por abusar sexualmente de una mujer en Yaiza

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un guardia civil por un delito de abuso sexual, cometido en la carretera de Playa Blanca a Yaiza hace dos años. La pena es una multa de 21 meses a razón de 10 euros diarios, lo que suma un total de 6.300 euros. El guardia civil dio el alto a un vehículo, pidió a la copiloto que le acompañara a su coche particular donde le "tocó un pecho y trató de besarla". La mujer abandonó el vehículo del agente de manera "inmediata".

En la sentencia queda probado que sobre las 6.45 horas del 24 de febrero de 2011, este guardia civil procedió a dar el alto con señales luminosas a un vehículo, en el que viajaban dos mujeres, en la carretera de Playa Blanca a Yaiza. El agente ya había finalizado su jornada laboral, conducía su coche particular, pero seguía vistiendo el uniforme como miembro del Instituto Armado.

Tras requerir la exhibición de diversa documentación a la conductora, el acusado "hizo uso de su condición de agente de la Guardia Civil" y requirió a la copiloto que le acompañara al interior de su propio vehículo para practicarle la prueba de alcoholemia. Una vez sentados en el coche, "el acusado, con el ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, le tocó un pecho y trató de besarla".

El condenado afirmó que había dado el alto a este vehículo al "ser Guardia Civil las 24 horas al día" y observar "una maniobra extraña", que no fue reconocida por las ocupantes del vehículo pero sí por un taxista. La Audiencia Provincial señala que, en cualquier caso, el agente no dio cuenta de esta retención al puesto de la Guardia Civil ni requirió la presencia de miembros del destacamento de Tráfico para la práctica de pruebas de detección alcóholica.

"Sólo quiso ligar"

El guardia civil señaló también que "se puso a hablar bastante con la copiloto, que derivó en una relación de amistad" e, incluso, acabó reconociendo que "sólo quiso ligar". Así, señaló que le pidió que bajara del coche y que le diera su número de teléfono.

Además, el acusado insistió en que como "pasaban muchos coches e iba vestido de uniforme", prefirió que le diera el número de teléfono dentro de su vehículo particular. En este sentido, aseguró que "por supuesto no le tocó el pecho", sino que "sólo le dio un beso en la mejilla, despidiéndose de forma amigable", después de que ella le diera su teléfono.

Frente a esta versión, la mujer aseguró que "en ningún momento" se entabló relación de amistad, sino que fue requerida para realizar la prueba de alcoholemia, algo que le resultó extraño ya que ella era la copiloto y no la conductora. Le dio el número de teléfono, según afirmó, porque el acusado "le dijo que era fácil de conseguir porque había pocos coches como el suyo en Playa Honda".

"Un guarro, que le había tocado un pecho"

Por su parte, la conductora del vehículo también negó que se entablara esta relación de amistad y aseguró que el acusado se comportó "en todo momento como un Guardia Civil". Cuando su amiga estaba en el coche del agente, la conductora recibió una llamada de su novio y le contó lo que estaba pasando. En ese momento, fue cuando le pareció raro que a su compañera que era la copiloto, le requirieran para hacer la prueba de alcoholemia. Por eso, se acercó al vehículo, del cual "salía su amiga nerviosa". Ella le dijo que el guardia civil era "un guarro, que le había tocado un pecho".

La Audiencia Provincial de Las Palmas considera que en este caso existe "la incredibilidad subjetiva", ya que "no se ha practicado prueba alguna que permita determinar qué móviles espurios son los que han motivado" a la denunciante a acusar a este guardia civil. Además, insiste también en que esta mujer "ha mantenido la misma versión" durante todo el proceso.

Agravante por ser guardia civil

En la sentencia, la Audiencia Provincial también insiste en que en este caso concurre en la actuación del acusado "la circunstancia agravante de prevalimiento" de la condición de agente de la Guardia Civil, ya que tanto la denunciante como la testigo afirmaron que "en todo momento se dirigió a ellas como agente y no como amigo, por más que no lo hiciera en tono autoritario, pero sí firme y vistiendo de uniforme". De ahí que la copiloto atendiera a sus requerimientos de bajarse del coche y subirse en el del acusado "precisamente por la condición del denunciante".

También se le impone al guardia civil la prohibición de aproximarse a la denunciante a una distancia inferior a 500 metros, así como acercarse a su domicilio o a su lugar de trabajo y comunicarse con ella por un tiempo de dos años. Contra la sentencia, cabe recurso de casación en un plazo de cinco días.

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