El Tribunal Supremo ha confirmado una condena a cuatro años y medio de cárcel a un directivo del Banco Sabadell por los delitos de apropiación indebida y estafa a un cliente. Además, tendrá que devolver a la víctima 528.574 euros que sacó de sus cuentas, abusando de la confianza que había depositado en él para que gestionara y realizara inversiones con sus fondos.
Aunque los hechos tuvieron lugar en Palma de Mallorca, donde residían el denunciante y el condenado, parte del dinero que estafó el directivo lo destinó a comprar una casa en La Graciosa, que puso a su nombre.
"La Sala entiende que el acusado compró para sí la vivienda sin conocimiento" de su cliente, "utilizando fondos de la cuenta de éste sin su consentimiento", sostiene la sentencia. Aunque el acusado, que era director de Banca Privada, negó los hechos durante el juicio y aseguró que en realidad la casa la compraron a medias, no pudo aportar una sola prueba de ello.
De hecho, la sentencia subraya que el cliente no estuvo presente en la operación de compra-venta, que tampoco otorgó un poder notarial para que firmaran por él y que su nombre ni siquiera aparece en la escritura de la casa. Además, el acusado hipotecó posteriormente la vivienda, y también lo hizo "en solitario y sin conocimiento" del que era su cliente.
La casa se pagó con dos cheques bancarios, por importe total de 120.000 euros, que la víctima había firmado, para que ese dinero fuera destinado a inversiones en el mercado de valores. Sin embargo, como tantos otros cheques que la víctima firmó, realmente no fueron destinados a eso.
Una larga relación de confianza
La relación entre el directivo y su víctima comenzó en el año 2005, cuando el acusado era director de una oficina del Banco Urquijo. El denunciante realizó un ingreso en esa entidad por valor de 1.350.000 euros, "con el objeto de invertir en valores bajo el asesoramiento" del directivo, "en razón a la confianza que tenía depositada en su persona".
Año y medio después, tras una fusión bancaria, el acusado pasó a ser director de Banca Privada en el Banco Sabadell, y con él se llevó a su cliente y sus cuentas. "Mensualmente informaba al querellante presentándole unos documentos elaborados exclusivamente por él, que en ningún caso eran extractos contables facilitados por la entidad bancaria", señala la sentencia. De hecho, su contenido nada tenía que ver con la realidad.
"Reflejaba unos resultados muy satisfactorios y con ello contribuía a consolidar la total confianza del querellante y la disponibilidad absoluta de sus cuentas, derivada de una relación de asesoramiento prologada durante años y cimentada en base a la importancia del cargo que el acusado ostentaba en la entidad bancaria", subraya el Tribunal.
Además, agrega que a todo esto hay que sumar "el clima de familiaridad que durante esos años llegó a establecer", ya que incluso el acusado de desplazaba mensualmente a casa del cliente "para informarle, darle consejos y así ir obteniendo la autorización y las firmas necesarias para seguir operando sin necesidad de que el cliente se desplazara al banco".
Así, entre marzo de 2005 y mayo de 2007, en distintas operaciones, logró "despojar" a la víctima de 528.574 euros, "que no fueron reinvertidos ni regresaron de forma alguna a las cuentas del perjudicado. Algunas de las extracciones de sus cuentas, incluso, se produjeron sin que él llegara a firmar.
El engaño al descubierto
Finalmente, una de las operaciones colmó el vaso y puso fin al engaño. El directivo ingresó directamente en su cuenta personal un pagaré y un talón bancario de su cliente, que se terminó enterando y presentó una queja, dando lugar a la apertura de una investigación interna del banco.
En ese momento, la víctima fue conociendo otras muchas operaciones en las que el acusado se había apropiado de dinero de sus cuentas, y también de la compra de la casa en La Graciosa. Según recoge la sentencia, cuando ya se había abierto una investigación, "el acusado le comunicó por vía notarial, con fecha 27 de julio de 2007, que era copropietario de una vivienda en la isla de La Graciosa desde un año antes, lo que patentiza el agónico intento de justificar lo que carece de toda justificación, de toda lógica y de toda razonabilidad".
Además de la condena de prisión, el acusado tendrá que devolver el dinero a la víctima, y el Banco Sabadell deberá responder de forma subsidiaria, ya que también ha sido condenado. La entidad bancaria recurrió la primera sentencia condenatoria pero el Supremo también ha rechazado su recurso.
Ante el Supremo, el banco intentó por un lado negar que hubiera existido tal estafa por parte de su empleado, y por otro desvincularse de los hechos alegando que las gestiones con el dinero de la víctima se realizaban por la tarde, en su domicilio e incluso los fines de semana y que el banco desconocía estos hechos. Sin embargo, el Supremo recuerda que el Código Penal contempla que serán responsables civiles de un delito penal "las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria o comercio, por los delitos o faltas que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios".