EN EL SUCESO, OCURRIDO EN ABRIL DE 2011, FALLECIÓ UN JOVEN

Condenada a 3 años de cárcel la guardia civil que tuvo un accidente mortal "bajo los efectos del alcohol y cannabis"

El suceso tuvo lugar en abril de 2011 y falleció un joven, también agente, que viajaba con ella. El juicio se celebró la semana pasada y ya se ha dictado sentencia...

27 de enero de 2014 (13:02 CET)
Condenada a 3 años de cárcel la guardia civil que tuvo un accidente mortal bajo los efectos del alcohol y cannabis
Condenada a 3 años de cárcel la guardia civil que tuvo un accidente mortal bajo los efectos del alcohol y cannabis

La agente de la Guardia Civil que fue juzgada la pasada semana por un delito de homicidio imprudente, dos de lesiones y uno contra la seguridad vial, ha sido condenada a tres años de prisión. Ésa es la pena impuesta en la sentencia dictada ya por el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife, que considera probados todos los delitos por los que fue juzgada.

Además de tres años de prisión, le impone también como pena la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante el periodo de cuatro años y seis meses y la pérdida de vigencia del permiso. La Fiscalía y la acusación particular, que representó a los padres del fallecido y fue ejercida por el letrado Daniel Reyes Santana, solicitaron cuatro años de prisión para la conductora.

En su sentencia, la juez Aitziber Oleaga considera probado que la acusada, Bárbara Santana, estaba el día del accidente "altamente influenciada en la conducción por el consumo de bebidas alcohólicas y del cannabis", tal como señalaban los resultados del los análisis de sangre.

El accidente tuvo lugar en abril de 2011, cuando la acusada viajaba con otras tres personas en su coche, después de una fiesta. A consecuencia del siniestro, falleció uno de sus acompañantes, que también era agente de la Guardia Civil, y los otros dos resultaron gravemente heridos.

 

Condiciones psicofísicas "muy mermadas"


En la sentencia queda probado que Bárbara Santana conducía sobre las 21.30 horas del 9 de abril de 2011 por la carretera LZ-2 con "sus condiciones psicofísicas muy mermadas a causa del alcohol que previamente había ingerido". Tras adelantar por la izquierda a un vehículo conducido por un agente de la Policía Nacional que no estaba de servicio a más de 80 kilómetros por hora, inició "una maniobra antirreglamentaria de cambio de dirección brusca y repentina a la derecha desde el carril de la autovía, en lugar de hacerlo desde el carril de desaceleración", a la altura de El Cable.

El vehículo "traspasó la doble línea longitudinal continua" con intención de acceder a la urbanización El Cable, "atravesando el carril derecho de incorporación, la zona cebreada y el carril de salida de la urbanización" a una velocidad "superior a la permitida" de cómo mínimo 62 kilómetros por hora, cuando el límite está establecido en 40 kilómetros por hora. Posteriormente, el turismo se salió de la vía "seccionando un metro de muro que delimita la zona ajardinada, para chocar frontalmente contra el tronco de una palmera".

La conductora fue trasladada al Hospital Doctor José Molina Orosa donde se le practicó un análisis de sangre y orina con "fines terapéuticos". Los análisis arrojaron un resultado positivo en alcohol de 1,65 gramos de alcohol por litro de sangre, así como positivo en cannabis. Aunque la defensa trató de invalidar esta prueba, la juez considera que se practicó "con fines terapéuticos", en el marco de "una batería de pruebas, que resultaban imprescindibles para determinar el ulterior tratamiento curativo a aplicar".

 

La prueba  que "finalmente le incrimina"


Además, a la magistrada le "llama la atención" que la agente de la Guardia Civil expresara que se hubiera opuesto a esta extracción de sangre que "finalmente le incrimina". "Si no tenía nada que ocultar, lo normal y tal como debería estar acostumbrada por su trabajo, es que hubiera facilitado la investigación al haber tenido un accidente con lesionados tan graves y con un fallecido", señala la juez en la sentencia.

La juez considera que la agente de la Guardia Civil sufrió el accidente "como consecuencia de la alta e indudable influencia de consumo de bebidas alcohólicas" y, además, realizó una maniobra "del todo antirreglamentaria se mire por donde se mire" para acceder a la urbanización El Cable. "Conducir de esta forma tan confiada, saltándose las más elementales normas de seguridad, son propias de una persona que está influenciada por el consumo de bebidas alcohólicas", se recoge en el fallo judicial.

Además, en la sentencia también se hace hincapié en la ausencia de huellas de neumáticos en la calzada "indicativas de algún tipo de maniobra evasiva". Esto lleva a pensar que la acusada "tenía mermadas sus capacidades, lo que le impidió reaccionar adecuadamente y evitar el accidente". La juez recuerda en el fallo que "el consumo de dos cervezas", que fue lo que reconoció la acusada en juicio, es "incompatible a todas luces con una tasa de alcohol tan alta".

 

"Infringiendo las más elementales normas de cuidado"


La magistrada también insiste en que la muerte por imprudencia grave de un compañero de la Guardia Civil de la acusada no puede "verse aminorada como consecuencia de una supuesta conducta negligente del fallecido, al no llevar el cinturón de seguridad como pretende la defensa". En este sentido, indica que no ha quedado acreditado que el fallecido no llevara el cinturón, ya que ni él, ni los otros ocupantes salieron despedidos del vehículo como suele ser "habitual" cuando no se lleva este dispositivo de seguridad.

Por ello, considera que la acusada, "infringiendo las más elementales normas de cuidado, condujo su vehículo después de haber ingerido alcohol en gran cantidad y, por ende, con sus facultades psicofísicas disminuidas, con lo que sin poder evitar la situación de riesgo por ella creada, impactó con una palmera, resultando dañado su vehículo y perjudicados con lesiones de distinta consideración dos ocupantes y fallecido el tercero" de ellos.

Por último, la juez recuerda en su sentencia que la acusada, por su profesión de Guardia Civil, "tendría que haber extremado las precauciones de no conducir bajo ningún concepto en tales condiciones". "Se les supone mayor diligencia y un respeto a las normas mayor que al resto de los ciudadanos, ya que precisamente los agentes de la autoridad se dedican a perseguir esta clase de conductas delictivas", insiste la magistrada, que condena a esta agente a tres años de prisión.

 

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