El ex alcalde realizó un muro sin licencia en suelo protegido de La Geria

Miguel Martín, condenado a un año y cinco meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio

El ex alcalde de San Bartolomé, Miguel Martín, ha sumado una nueva condena a sus espaldas, que esta vez sí, podría llevarle a ingresar en prisión. El Juzgado de lo Penal Número 3 de ...

7 de julio de 2011 (01:55 CET)
Miguel Martín, condenado a un año y cinco meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio
Miguel Martín, condenado a un año y cinco meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio

El ex alcalde de San Bartolomé, Miguel Martín, ha sumado una nueva condena a sus espaldas, que esta vez sí, podría llevarle a ingresar en prisión. El Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife considera probado que Martín cometió un delito contra la ordenación del territorio, y le ha impuesto una pena de un año y cinco meses de prisión, además de un año de inhabilitación especial para la profesión u oficio relacionado con la construcción y una multa de unos 5.400 euros.

Los hechos se remontan a principios de enero de 2008, cuando Miguel Martín, siendo todavía concejal de San Bartolomé y presidente del Consejo de la Denominación de Origen del Vino de Lanzarote, inició la construcción de un muro en una de sus fincas, ubicada en el Espacio Natural Protegido de La Geria, sin contar con licencia municipal. Según la sentencia, ni siquiera pidió la licencia al Ayuntamiento y, aunque lo hubiera hecho, "no la hubiera podido obtener", porque no podía autorizarse una construcción de esas características en esa zona, conocida como "El Grifo" y perteneciente al municipio de San Bartolomé.

En la sentencia, la magistrado señala que Miguel Martín actuó "con absoluto desprecio a la ordenación del territorio", pese a que tenía "perfecto conocimiento de la normativa aplicable y la especial protección que tenía la zona, no sólo por la multiplicidad de propiedades que tiene en la misma, según sus propias manifestaciones, por su dedicación al sector, sino incluso por su condición en su momento de Autoridad Pública".

Tal como en su momento denunció el Seprona, la sentencia también subraya que Miguel Martín realizó otras actividades en la misma zona, como "excavación, movimientos de tierra, nivelación del terreno y arranque de cepas", que "nada tenían que ver con la construcción del muro". Sin embargo, señala que esas actuaciones tendrán que ser "sancionables por la vía administrativa" y no por la vía penal, a diferencia de lo que sucede con la construcción del muro, "que sí atenta contra la ordenación del territorio" y que "en modo alguno podía ser legalizada".

Además de esta denuncia, que ha terminado en condena, el Seprona intervino también en otras obras realizadas por Miguel Martín, que llegó a enfrentarse a sanciones y precintos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, principalmente por los trabajos realizados en otra de sus fincas, ubicada en Las Quemadas (Tinajo), careciendo también de licencias.

Rechazo de los argumentos de la defensa

Durante el juicio, la defensa de Miguel Martín, representada por la abogada Juana María Fernández de las Heras, intentó demostrar que el ex alcalde sí había pedido licencia cuatro años antes, concretamente el 2 de marzo de 2004, pero que no le habían contestado. Además, se basó en leyes y planes que se aprobaron posteriormente para asegurar que a día de hoy las obras serían legalizables. Según recoge la sentencia, Miguel Martín declaró que "sabedor de la normativa que estaba a punto de aprobarse, procedió al levantamiento de los muros para la protección de la cosecha".

Sin embargo, la sentencia tira por tierra todos esos argumentos. Por un lado, sostiene que, efectivamente, Miguel Martín solicitó una licencia en 2004, cuando todavía era alcalde, pero en esa solicitud no se pedía permiso para la construcción de un muro, sino para "la reestructuración del viñedo, ejecutar zocos de piedra nuevos y plantar viña nueva". Es decir, que para la obra que se juzgaba, no había pedido siquiera autorización.

Respecto al cambio en la normativa, con la aprobación de la Ley de Medidas Urgentes del Gobierno de Canarias y el Plan Especial de La Geria, que ni siquiera estaban en vigor cuando se realizó la obra, la sentencia señala que esa ley tampoco le exime de la obtención de licencias. Además, y aunque ahora el suelo está catalogado como rústico de protección agraria, ampliándose las posibles actuaciones en la zona, la sentencia también considera que eso no incluye el muro realizado, con piedra y cemento visto. Y es que en la zona, según declararon varios peritos y recoge la juez en la sentencia, sigue estando prohibido "el uso de materiales no tradicionales".

"El acusado alega que actualmente las obras son susceptibles de legalización, pero no aporta documento alguno que lo acredite", señala la juez, que subraya que "de la legislación aplicable se deduce" que "el muro levantado no tiene nada que ver con la piedra volcánica de la zona y con la forma tradicional de proteger las cosechas en ese lugar, no implicando armonización alguna con el terreno, que ha sido reconocido y protegido como paisaje natural, entre otras cosas, por los llamados conos volcánicos para la protección de los viñedos".

Antecedentes penales

Al imponer la pena de cárcel, la jueza ha tenido en cuenta los antecedentes del ex alcalde de San Bartolomé, que en 2008 fue condenado por falsedad en documento privado en una compraventa. Según se consideró probado en esa sentencia, que ya es firme, Miguel Martín entregó una señal de 800.000 pesetas para adquirir una finca, pero posteriormente no formalizó la compra y terminó denunciado a los vendedores, reclamándoles no las 800.000 pesetas entregadas, sino 9.800.000. Para ello, agregó un 9 inicial a la cifra que constaba en el documento que ambas partes habían firmado en la entrega de la señal. Finalmente, Martín pasó de denuciante a denunciado, y fue condenado por falsedad de documento privado y por denuncia falsa.

En aquella ocasión, al ser la pena menor a dos años de cárcel, Miguel Martín no llegó a ingresar en prisión, pero esta vez sí tendría que cumplir la condena, al tener ya antecedentes penales. "No es la primera vez que se mantiene al margen del ordenamiento jurídico", subraya la juez a la hora de imponer la pena. En cualquier caso, esta nueva sentencia aún no es firme, y cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

En cuanto a la multa de unos 5.400 euros, la magistrado subraya que se ajusta a "la capacidad económica que se presume al acusado, el cual de forma insistente en el plenario manifestaba ser propietario de gran cantidad de tierras en la zona". Además, deberá pagar también las costas del juicio.

Respecto a la otra petición de la Fiscalía, que solicitaba la demolición de la obra ejecutada, la sentencia deja esa decisión en manos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun), a quien se ha dado traslado de este fallo, para que solicite el derribo del muro si lo estima oportuno. Y es que la sentencia sostiene que será necesario elaborar un informe específico para determinar "si es susceptible de reparación o no el daño causado".

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