También se inspeccionarán los abrigos y chaquetas de los pasajeros como piezas de equipaje de manos separadas

La prohibición de llevar líquidos en el equipaje de mano en los aviones se extiende el próximo lunes a todos los aeropuertos

El próximo lunes 6 de noviembre entra en vigor la nueva normativa de la UE sobre seguridad que incluye restricciones en el equipaje de mano, y que afectará a todos los aeropuertos canarios, españoles y de la Unión Europea, ...

1 de noviembre de 2006 (09:19 CET)
La prohibición de llevar líquidos en el equipaje de mano en los aviones se extiende el próximo lunes a todos los aeropuertos
La prohibición de llevar líquidos en el equipaje de mano en los aviones se extiende el próximo lunes a todos los aeropuertos

El próximo lunes 6 de noviembre entra en vigor la nueva normativa de la UE sobre seguridad que incluye restricciones en el equipaje de mano, y que afectará a todos los aeropuertos canarios, españoles y de la Unión Europea, independientemente del destino al que se dirija su avión.

La restricción principal es hacia los líquidos, que deberán facturarse en prácticamente todos los casos, con la excepción de que se les autorice por tratarse de líquidos para dietas especiales o comidas infantiles, siempre y cuando se vayan a consumir durante el vuelo. También podrán subirse al avión, y sin limitación, cualquier líquido que compre en las áreas comerciales del aeropuerto situadas después de los controles de seguridad. No hay, además, ninguna limitación de líqyidos en el equipaje facturado.

Así, y según ha informado Aena, sólo se estará permitido llevar en el equipaje de mano pequeñas cantidades de líquidos. Éstos tienen que ir en pequeños contenedores con una capacidad individual máxima de 100 ml.

Cada pasajero, además, tendrá que empaquetar estos contenedores en una bolsa transparente de plástico con autocierre de no más de un litro de capacidad máxima (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.), para facilitar su inspección de estos productos en los controles de seguridad.

Por líquidos, la normativa entiende el agua y otras bebidas, sopas o jarabes, cremas, lociones y aceites, incluida la pasta de dientes, perfumes, gel de ducha o champú, contenedores presurizados (espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes), aerosoles u otros de consistencia similar.

ORDENADORES Y ABRIGOS

Otras de las restricciones que impone la nueva normativa se refieren a los ordenadores portátiles y los equipos electrónicos de gran tamaño. A partir de ahora, cuando se vaya a pasar el control de seguridad se retirarán del interior del equipaje de mano para que sean inspeccionados por separado por los agentes.

También se inspeccionarán los abrigos y chaquetas de los pasajeros como piezas de equipaje de manos separadas

Además de las medidas mencionadas a aplicar desde el próximo lunes, el reglamento de la UE establece otra medida complementaria que entrará en vigor el 6 de mayo de 2007 referida a las medidas de la maleta, las conocidas 'trolleys' o bolsas de viaje de mano, que no deberán exceder de 56cm de alto, 45 de ancho y 25 de fondo.

El equipaje de mano superior, como instrumentos musicales o artículos frágiles o de un valor considerable deberán ser presentados por el pasajero en facturación para su aprobación como equipaje de mano y en el control de seguridad para ser inspeccionado.

ACN Press

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