La Fiscalía ha solicitado una condena de otros tres años de cárcel para el ex alcalde de Haría, Juan Ramírez por un presunto delito de estafa en la venta de una vivienda. Asimismo, pide tres años de prisión para Anja Hradetzky, quien junto a Ramírez, era administradora de la entidad Arad Lanzarote S.L. El juicio por estos hechos tendrá lugar a finales de mayo.
En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso a La Voz, la Fiscalía considera que Ramírez y Hradetzky, "previamente puestos de acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito", vendieron un apartamento, ubicado en el complejo Aquazul, de Puerto del Carmen. El contrato de compraventa tenía fecha de 30 de septiembre de 2002 y recogía como compradores a J.F.B. y A.M.
Los acusados vendieron este apartamento a los compradores por 60.101,21 euros. Según la Fiscalía, lo hicieron "a sabiendas de que la citada finca estaba gravada con hipoteca, otorgada a favor de la Caja Insular de Ahorros de Canarias". Esta carga hipotecaria, además, fue ampliada en virtud de una escritura pública a favor de la entidad, según la Fiscalía. Precisamente por ello, la Caja Insular procedió a la interposición de una demanda de ejecución hipotecaria frente a Arad Lanzarote S.L., que dio lugar a un procedimiento abierto en el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Arrecife.
Para la Fiscalía, durante la tramitación de este procedimiento, "los acusados, con ánimo de silenciar su actuación ilícita, no dieron conocimiento a los denunciantes" de este hecho. Finalmente, la Caja Insular se adjudicó la finca, "haciendo ilusorio el derecho de los denunciantes". Por todo ello, la Fiscalía solicita también a Ramírez y Hradetzky que indemnicen a los denunciantes con la cantidad de 60.101,21 euros.
Una condena muy similar
En 2009, Juan Ramírez también fue condenado a dos años de cárcel por un delito de estafa muy similar, también por la venta de un apartamento en el Complejo Aguazul. En ese caso, el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife le impuso esta pena de prisión por vender una casa y ocultar a sus compradores que pesaba una hipoteca sobre la propiedad.
Estos hechos se remontan a noviembre de 2004. Juan Ramírez, siendo también administrador de la entidad "Arad Lanzarote S.L.", suscribió un contrato privado para la venta del apartamento número 314 del Complejo Aguazul, situado en la localidad de Puerto del Carmen. El precio fijado fue de 162.275 euros, y en el acto de la firma recibió 24.000 de Carlos Fernández, que actuó como intermediario de los compradores, porque vivían fuera de la isla.
Sin embargo, tras la firma empezaron a recibir largas para escriturar la vivienda y 21 días después, vieron cómo pasaba a manos de la Caja Insular de Ahorros Canarias, en virtud de un mandamiento judicial. Y es que sobre la misma pesaba una hipoteca impagada.
Además, la empresa de la que era administrador Juan Ramírez, y en cuyo nombre se vendió esa propiedad, entró poco después en concurso de acreedores. Los compradores denunciaban que ni siquiera se les informó de la existencia de un concurso de acreedores, al menos para haber podido formar parte del mismo.
Otras condenas
Asimismo, en mayo de 2010, el Juzgado de Instrucción Número 6 de Arrecife también condenó a Ramírez a dos años y tres meses de prisión por un delito de estafa en la compraventa de un solar en Tahíche. En aquella ocasión, la sentencia consideró probado que el ex alcalde de Haría vendió "dos veces la misma propiedad".
A estas dos condenas hay que sumar también la del caso Villa Dolores, por la que actualmente cumple pena de cárcel. El Tribunal Supremo le condenó a tres años y seis meses de prisión, así como a cuatro de inhabilitación política y a una multa por falsedad documental en el contrato de arrendamiento para uso público de esta finca.
Los hechos por los que Ramírez fue condenado se remontan a 1995, cuando el pleno del Ayuntamiento de Haría acordó firmar un contrato para arrendar por 150.000 pesetas mensuales la finca Villa Dolores durante cinco años, para crear una escuela taller de rehabilitación del patrimonio de Haría.
Al contrato inicial se le añadió una cláusula adicional "por la cual si el Ayuntamiento optaba por la prórroga del contrato por 20 años más, el arrendador percibiría la cantidad de 500.000 pesetas mensuales", cláusula adicional que no figuraba en el contrato cuando éste fue aprobado en el pleno del Ayuntamiento.