El infractor, además, es sancionado con 30.000 euros por edificar en suelo rústico de valor natural ecológico

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural ordena el derribo de una casa en Argana Alta

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, según consta en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), ha ordenado la demolición de una vivienda, de 234,26 metros cuadrados, situada en el barrio capitalino de Argana ...

16 de febrero de 2006 (14:59 CET)
La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural ordena el derribo de una casa en Argana Alta
La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural ordena el derribo de una casa en Argana Alta

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, según consta en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), ha ordenado la demolición de una vivienda, de 234,26 metros cuadrados, situada en el barrio capitalino de Argana Alta.

Asimismo, el propietario deberá abonar 30.000 euros en concepto de multa, cuantía que se reducirá en un 75 por ciento si el afectado opta, de forma voluntaria, restablecer la realidad física alterada en el espacio protegido.

La Agencia de Protección lo hace saber a través del BOC, al no haber podido notificarse al interesado las resoluciones dictadas en los respectivos expedientes tramitados por la infracción medioambiental. En el Ayuntamiento de Arrecife consta la apertura del expediente, pero aparece "en trámite", según dijo a La VOZ una fuente del Consistorio. La casa está situado en la calle Campoamor número 134.

Infracción tipificada como grave

El anuncio de la Agencia ordena al infractor el restablecimiento del orden jurídico perturbado por la realización de las obras en suelo protegido. La infracción es tipificada como grave, ya que el propietario no tiene los títulos preceptivos necesarios para su edificación, como son la calificación territorial y la licencia urbanística, exigibles en las leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias.

Las citadas leyes, abunda la Agencia, establecen que, llevar a cabo infracciones como la cometida en Argana Alta, darán lugar siempre a la incoación, instrucción y resolución del correspondiente procedimiento sancionador, sean o no legalizables las obras, actos, actividades o usos que han motivado la infracción.

Interés de legalizarla

La resolución de la Agencia deja constancia, en el apartado de antecedentes, que el dueño de la vivienda siempre ha querido tener las obras de su casa legalizadas, por ello, dice textualmente: "desde el primer comunicado, se puso en contacto con el Ayuntamiento de Arrecife, para proceder a su legalización.

En el citado Ayuntamiento le dijeron que debía presentar una serie de documentos, entre ellos un certificado de antigüedad de más de cuatro años, por lo que lo solicitó al Ayuntamiento, también un certificado de seguridad y solidez redactado por técnico competente y visado por el colegio correspondiente, además un croquis de la vivienda, y el alta catastral, que está en trámite de conseguirla".

Fue precintada en febrero de 2003

Las obras fueron precintadas el 19 de febrero de 2003, pero un técnico de la Agencia comprobó que, en abril de 2004, las obras seguían adelante. La Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Cabildo de Lanzarote resolvió un mes después denegar la calificación territorial para legalización de la vivienda.

El propietario presentó alegaciones y ha intentado hasta último momento salvarla. Sin embargo, la Agencia estimó que no se desvirtúa la acusación realizada, ni el fundamento de imputación.

Contra el acto de la Agencia de Protección, el propietario podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Ejecutivo regional, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación. El BOC publicó el anuncio el pasado martes.

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