ACUDIÓ A LOS TRIBUNALES CUANDO EL CONSISTORIO NO LE DIO RESPUESTA

El TSJC estima una demanda contra Tinajo y le ordena acreditar si levantó un colegio en suelo privado

La familia que asegura ser titular de ese suelo acudió a los Tribunales, después de que el Consistorio no respondiera a su solicitud de iniciar una expropiación. La sentencia advierte de que el silencio administrativo es "difícilmente comprensible en un estado de derecho"...El TSJC ordena al Ayuntamiento de Tinajo que acredite si levantó un colegio en suelo privado

3 de octubre de 2016 (08:01 CET)
El TSJC estima una demanda contra Tinajo y le ordena acreditar si levantó un colegio en suelo privado
El TSJC estima una demanda contra Tinajo y le ordena acreditar si levantó un colegio en suelo privado

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado parcialmente el recurso presentado por una familia de Tinajo, que acusa al Ayuntamiento de haber ocupado suelo de su propiedad para levantar el colegio de El Cuchillo. "Nada más sencillo para una administración que trasladar a la parte la información sobre que el terreno ocupado había pasado a propiedad municipal por expropiación o por el título que fuese", advierte la sentencia, fechada el pasado 29 de julio.

Así, el TSJC obliga al Consistorio a dar respuesta a esta familia, que lleva años dirigiéndose sin éxito al Ayuntamiento. En su resolución, el TSJC recuerda que cuando en el año 2012 estos vecinos reclamaron que se iniciara un proceso de expropiación, para compensarles por la ocupación de ese suelo, lo que hizo el Consistorio fue requerirles "acreditación de la titularidad de los terrenos objeto de expropiación, levantamiento topográfico y justificación de los linderos en la categoría solicitada y de la motivación de la expropiación". Sin embargo, nunca dio respuesta a su solicitud. Ni siquiera para defender que el suelo era propiedad del Ayuntamiento.

Ahora, el Tribunal concluye que, "al margen de que fuese incumplido" el requerimiento de documentación que hizo el Consistorio, esto no eliminaba su "obligación de dar una respuesta expresa definitiva a si se había producido o no la ocupación de terrenos de propiedad privada". Por eso, lo que establece la sentencia es que el Ayuntamiento deberá ahora "dar respuesta" a esta cuestión y aclarar si "ocupó terrenos ajenos" sin ningún tipo de procedimiento.

 

El silencio, "difícilmente comprensible en un estado de derecho"


"El silencio, además de ser siempre una anomalía o irregularidad en la actuación administrativa, difícilmente comprensible en un estado de derecho, conlleva una situación de verdadera indefensión material que es obligado corregir", advierte la sentencia. Así, ordena que el Consistorio "examine si la demandante es propietaria de los terrenos" o "si son propiedad del Ayuntamiento", y "si dichos terrenos fueron ocupados por la obra pública". 

Además, añade que en caso afirmativo, el Consistorio deberá indemnizar a la demandante "con la cantidad que corresponde al valor de los terrenos ocupados en la fecha de la ocupación, conforme a los criterios legales de valoración vigentes en ese momento". 

Aunque esa cifra debería determinarse en caso de que ahora se acredite que se ocupó suelo privado, de momento la familia ya ha aportado una tasación de ese suelo, y reclama al Consistorio 1.758.786 euros. Ésa es la cantidad que pedía cuando acudió a los Tribunales, aunque de momento lo que ha conseguido es que se anule la decisión del Ayuntamiento de desestimar su solicitud por silencio administrativo. De esta forma, el Consistorio deberá atender ahora ese requerimiento y acreditar si realmente es propietario del suelo o si, por el contrario, éste pertenece a la familia demandante.

 

"Carece de sentido expropiar terrenos ya ocupados"


La nueva sentencia anula también un fallo anterior de un Juzgado de Las Palmas de Gran Canaria, que en septiembre de 2015 había desestimado el recurso de esta familia. El motivo es que consideraba que se había producido una "desviación procesal", ya que ante el Ayuntamiento la familia pidió que se iniciara un trámite de expropiación de ese suelo, mientras que en los tribunales pasó ya a reclamar una indemnización, estableciendo incluso la cuantía.

Al respecto, la nueva sentencia reconoce que existe "confusión" en lo que se demanda, en referencia a la primera petición que dirigieron al Ayuntamiento, aunque insiste en que eso "no excluía la respuesta municipal de fondo", que "es obligada". Además, subraya la propia peculiaridad del caso, ya que "carece de sentido iniciar un expediente de expropiación –para ocupar- cuando se trata de terrenos ya ocupados, respecto a los que solo queda la posibilidad de indemnización, por sustitución, al ser imposible ya la restitución". Por eso, en caso de que ahora la familia acredite ser la titular de los terrenos, lo que ordena es que se proceda directamente a abonar la indemnización correspondiente.

"Ante lo que estamos es ante una inactividad en el inicio del expediente de expropiación en relación a terrenos ocupados por una obra pública sin procedimiento alguno", subraya el TSJC, al anular el primer fallo y estimar parcialmente el recurso de esta familia.

 

Tinajo compró solo 2.000 metros cuadrados hace 16 años


La historia de estos terrenos se remonta al año 1990. Según los demandantes, en ese año hicieron una segregación en una finca de 20.000 metros cuadrados, vendiendo 2.000 al Ayuntamiento de Tinajo. En la demanda se explica que "por un error en la segregación, en la escritura se puso que estaba en Rosa del Cuchillo y no en Tablero del Cuchillo", por lo que en su momento "se procedió a la subsanación ante notario", aunque nunca fue inscrita en el Registro de la Propiedad.

Doce años después, en el año 2002, se construyó el colegio de El Cuchillo, que ocupa en total 7.207 metros cuadrados, incluyendo los equipamientos, parque público y dotación vial. "En ningún momento se inició el correspondiente procedimiento de expropiación", sostiene la familia, que insiste en que se ocupó suelo de su propiedad. Ahora, tras años sin conseguir respuesta del Ayuntamiento, la Justicia obliga al Consistorio a estudiar el caso y acreditar si realmente ese suelo le pertenecía o si ocupó una propiedad privada sin indemnizar a los propietarios.

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