El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado prescrita la sanción que impuso el Ministerio de Administraciones Públicas en enero de 2004 el ex secretario municipal de Arrecife, Felipe Fernández Camero, por una falta grave y otra muy grave. El Ministerio, que destituyó a Camero como secretario municipal de la capital lanzaroteña, también le sancionó a no poder obtener nuevo destino en un plazo de seis meses.
En febrero de 2005, trece días después de que la Audiencia Nacional rechazara el recurso que Fernández Camero presentó contra esta resolución, el ex secretario de Arrecife pidió una excedencia y, desde entonces, no ha vuelto a ejercer de secretario en ninguna institución, pese a que la sanción era solo de seis meses.
Sin embargo, en el año 2009, Camero solicitó la prescripción de la sanción ante la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Política Territorial, y le fue denegada. Este organismo entendía que aún no se ha había ejecutado la sanción, ya que Fernández Camero se encontraba en excedencia, y que ésta se debía ejecutar cuando terminara su periodo de excedencia y su reingreso.
Camero recurrió ante la Justicia esa resolución ministerial, y hace unos meses, en junio de este año, el TSJ de Madrid le dio la razón, declarando prescrita la sanción por haber transcurrido tres años desde que adquirió firmeza, considerando irrelevantes el resto de circunstancias del caso.
Pero además, el fallo del TSJM señala que el Ministerio debió denegar la excedencia que pidió Camero en el año 2005, "al ser dicha solicitud claramente en fraude de ley, con fundamento en el artículo 16.5 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (?), que establece que la excedencia voluntaria por interés particular no podrá declararse a solicitud del funcionario cuando al mismo se le instruya expediente disciplinario". Es decir, que lo que tenía que hacer Felipe Fernández Camero era cumplir una sanción, y no acogerse a una excedencia voluntaria.
En cualquier caso, transcurridos ya siete años desde que se hizo firme la sanción, que le impedía obtener un nuevo destino en el plazo de seis meses, Camero podría volver a ejercer como secretario. Pero para ello, tendría que solicitar y conseguir un destino.
Faltas "graves", "muy graves" e imputaciones
La sanción que impuso el Ministerio de Administraciones Públicas a Fernández Camero se produjo por dos faltas: una grave y muy grave, ya que Camero ejercía como abogado particular sin el permiso del pleno y ostentaba cargos en dos empresas, Aparcamiento Islas Canarias y Lanzarote de Cable, de las que también formaba parte el Ayuntamiento y que eran incompatibles con su función de secretario. Gracias a su intervención se concedió la licencia al parking Isla Canarias, que luego fue anulada por los tribunales.
Además de su cargo como secretario municipal de Arrecife, que ejerció entre 1976 y 2004, Camero ha sido o es el abogado de la mayoría de los ayuntamientos de la Isla y de políticos, empresarios o funcionarios relevantes implicados en casos de corrupción, como Juan Francisco Rosa, María Isabel Déniz o Rafael Arrocha, imputados en el caso Unión.
En este caso, el propio Camero también está imputado, y fue detenido. También está imputado en la causa penal abierta por los hoteles ilegales en Playa Blanca. El despacho de Camero ejercía como abogado del Ayuntamiento de Yaiza y como defensor de los promotores con licencias anuladas.
SG-ACN