La compañía pedía una indemnización de más de un millón de euros

El Supremo confirma que la huelga de los trabajadores de Iberia en 2005 fue legal

El Tribunal Supremo ha zanjado, en auto del pasado 14 de setiembre, los recursos de la empresa Iberia respecto a la huelga protagonizada por trabajadores de esa empresa en el ...

30 de noviembre de 2010 (20:40 CET)
El Supremo confirma que la huelga de los trabajadores de Iberia en 2005 fue legal
El Supremo confirma que la huelga de los trabajadores de Iberia en 2005 fue legal

El Tribunal Supremo ha zanjado, en auto del pasado 14 de setiembre, los recursos de la empresa Iberia respecto a la huelga protagonizada por trabajadores de esa empresa en el aeropuerto de Lanzarote en el año 2005 y ha declarado que la huelga fue legal.

A partir del año 2002 se fueron sucediendo las huelgas en el aeropuerto por la pérdida de derechos laborales. Posteriormente, en junio de 2005 se presenta la huelga ante la intención de Iberia de abandonar el servicio de tierra del aeropuerto y trasladar a los trabajadores a otra empresa sin los derechos adquiridos hasta ese momento.

Es esa huelga de junio de 2005, que se amplía en octubre y se alarga durante varios meses, la que Iberia recurre en los tribunales por considerarla ilegal y abusiva. La compañía aérea pedía a los seis miembros del Comité de Huelga más de un millón de euros de indemnización. El Juzgado número 1 de Arrecife le dio la razón parcialmente a la empresa en julio de 2007. El fallo lo recurrieron las dos partes.

En junio de 2009 la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) desestima el recurso de Iberia y da la razón a los trabajadores declarando legal la huelga. El pasado 14 de septiembre el Supremo no admitía el recurso de casación de la empresa y declaraba firme la sentencia del TSJC.

"Es legítima la huelga como medio de presión"

En el auto del Supremo se dice que la huelga es legal porque se cumplieron todos los requisitos formales legalmente exigidos para la declaración de una huelga y porque es legítima "la realización de una huelga como medio de presión en las negociaciones llevadas a cabo con la dirección de la empresa para resolver los problemas existentes en el centro de trabajo". También dice que no fue abusiva porque fue una huelga intermitente.

Añade la sentencia que la perturbación del proceso productivo no fue especialmente grave ni los perjuicios económicos desproporcionados y que se cumplieron los servicios mínimos sin incidentes dignos de mención, así como que Iberia no perdió ningún contrato con las empresas a las que ha realizaba el servicio de 'handling'.

El sindicato Comisiones Obreras se ha mostrado satisfecho por la decisión judicial y señala que confirma que la huelga reunía los requisitos legales y que la empresa nunca pudo demostrar las pérdidas económicas que decía tener.

El sindicato recuerda que la empresa trajo trabajadores de fuera de la isla para paliar los efectos de la huelga y que Iberia ejerció todos los "mecanismos de presión a su alcance", al más alto nivel, para evitar el control por parte de la inspección de trabajo. CCOO también señala que la situación empeoró por la posición "pasiva y partidista" del director del aeropuerto, Dionisio Canomanuel.

ACN Press

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