Podríamos definir, sin ánimos de ser exhaustivos, el mecanismo de la segunda oportunidad como aquel procedimiento legal (judicial – Concurso de acreedores) que, en determinados casos, permite a particulares y autónomos comenzar de cero eliminando sus deudas.
Requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad
Para poder beneficiarte de la Ley de Segunda Oportunidad es necesario cumplir una serie de requisitos que expondremos a continuación, ten en cuenta que algunos de estos elementos tienen un profundo carácter subjetivo y, que, es muy recomendable consultar con un Abogado especialista en derecho concursal para comprobar si cumples los mismos. Estos requisitos son, entre otros:
- Demostrar la insolvencia. Es necesario para poder presentar la solicitud en el juzgado de lo mercantil competente, encontrarnos en una situación de insolvencia, que podrá ser actual o inminente.
- Ser deudor de buena fe. Para poder obtener la exoneración de las deudas exonerables es fundamental haber sido deudores de buena fe. Si bien es cierto que no existe una definición exacta en la Ley de Segunda Oportunidad de lo que pudiera considerarse ser deudor de buena fe, y, que dependerá de cada caso en concreto. Por ello, es recomendable consultar un abogado especialista en la materia para delimitar si se cumplen los requisitos.
- No haber obtenido una exoneración en los últimos 5 años. Sólo se podrá obtener la exoneración una vez cada cinco años (o dos años si es a través de un plan de pagos).
¿Qué beneficios tiene la Ley de Segunda Oportunidad?
1. Eliminación de deudas.
Una de las ventajas más relevantes, es, obviamente, la posibilidad de ver exoneradas (eliminadas) la totalidad o gran parte de nuestras deudas. Todo ello va a depender del tipo de deuda que tengamos y la decisión judicial respecto a cierto tipo de deudas, toda vez que existen deudas que no son exonerables y/o lo son parcialmente.
2. Salir de los ficheros de morosidad.
Una de las consecuencias del acumulo de deudas es estar inscritos en ficheros de morosidad que nos impiden el acceso a nueva financiación y/o recursos, como por ejemplo ASNEF, RAI o BADEXCUG. Tras la eliminación de la deuda, si procede, se podrá solicitar la eliminación de datos de los registros de morosidad.
3. Cese de llamadas de acoso.
Otra de las ventajas que tiene la Ley de Segunda Oportunidad es que una vez se haya obtenido la exoneración de las deudas y, comunicado la misma a los acreedores, estos deberán cesar las llamadas de acoso.
4. Cese de embargos.
Si la deuda ha resultado exonerada, es posible suspender las ejecuciones y embargos que tengamos sobre nuestros bienes, nóminas, etc.….
5. Reinicio de la vida financiera.
Este es, si cabe, el mayor de los beneficios que tiene la Ley de Segunda Oportunidad que no es otro que volver a empezar. Tener, la posibilidad de volver a obtener nueva financiación y poder reestructurar tu vida presupuestaria, es, sin duda, un gran beneficio de esta Ley.
¿Se eliminan todas las deudas?
La respuesta es que no. El legislador nos indica en el Texto Refundido de la Ley Concursal que deudas no resultarían, a priori, exonerable. Ejemplo de ello, sin ánimos de ser exhaustivos, serían las deudas por alimentos, las deudas derivadas de la responsabilidad civil extracontractual por muerte o daños personales, etc.….
¿Se pueden eliminar las deudas con Hacienda y/o Seguridad Social?
La Ley concursal nos establece que las deudas por crédito público no son, a priori, exonerables, exceptuando las deudas con Hacienda y/o Seguridad Social, hasta un límite de 10.000,00 €, con condiciones específicas. No obstante, se trata de un tema que, hoy en día, continúa debatiéndose en los juzgados y tribunales de nuestro país.
Abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad.
En definitiva, se trata de una materia con cierta complejidad legal, que requiere la asistencia de Abogado y Procurador. Por ello, si busca una asistencia legal competente y, por ende, un abogado especialista en Ley de Segunda Oportunidad en Lanzarote, Curquejo Abogados, se presenta como una alternativa viable para la gestión de su expediente.








