La compañía aérea Binter ha informado de que, de acuerdo a la Ley 17/2012 modificada en enero, se mantiene el procedimiento de acreditación de la residencia mediante el Sistema de Acreditación de Residencia Automática (SARA), que permite que los pasajeros puedan volar sin necesidad de presentar el certificado, excepto en los casos en los que la residencia no haya sido validada por dicha herramienta.
Según ha explicado Binter, en el momento de la compra, los sistemas de emisión de billetes intentan comprobar mediante el sistema SARA que el pasajero es efectivamente residente. Una vez validado el documento, el viajero no necesita aportar el certificado.
No obstante, cuando por alguna razón el SARA no lo valida, el procedimiento de acuerdo a la Ley aprobada por el Ministerio de Fomento exige que el pasajero presente el certificado. Si no lo hace, el viajero no puede volar con ese billete.
Binter ha asegurado que las razones de que haya billetes cuya validación es rechazada por SARA son "muy variadas". La más común es que los datos del pasajero (nombres de pila, apellidos, DNI, etc…) no hayan sido bien introducidos en el ordenador. Por ello, se recomienda "prestar atención" al escribir todos los datos tal y como figuran en el DNI, incluso con faltas o errores si así se mostraran en el DNI.
En otras ocasiones, según ha explicado esta compañía, la persona que adquiere el billete no intenta validarlo. "Es importante que los pasajeros lo soliciten cada vez que se emite un billete", ha indicado Binter.
"Cuando un cliente adquiera un billete que obtenga la validación, se marcará así en el sistema, en su billete electrónico o tarjeta de embarque, por lo que no será necesario presentar el certificado a la hora de volar. Pero los pasajeros que no sean validados por el sistema SARA, tendrán en su tarjeta de embarque la palabra RESIDENTE o RESI y en este caso, deberán presentar el certificado de residencia en el aeropuerto para poder ser admitidos al embarque", ha insistido la compañía.
Y es que la ley y los procedimientos instaurados por el Ministerio de Fomento no admiten otro documento que no sea el certificado de residente.