Los errores de la Seguridad Social "condenan" a los familiares de autónomos a cotizar por el mínimo

Uno de los errores más injustos de la regularización de cuotas iniciada por la SS en 2023 obliga a este colectivo a cotizar por el mínimo, truncando su posibilidad de acceder a una jubilación digna

EKN

17 de octubre de 2025 (12:40 WEST)
Actualizado el 5 de noviembre de 2025 (20:27 WEST)
Un camarero atiende a dos clientes

Los familiares de autónomos están obligados a cotizar como autónomos en el RETA y no en el régimen general de trabajadores, aunque sus ingresos en muchos casos provienen de una nómina, conforme a lo establecido en las normas del IRPF.

Si bien no es el colectivo más conocido, en España hay a inicios de 2025 175.000 autónomos colaboradores y más de 63.000 familiares de autónomos societarios, que suman un 7% del total de autónomos, según datos oficiales. Su tratamiento legal es especialmente complejo: la Seguridad Social los asemeja a un trabajador por cuenta propia, mientras que la Agencia Tributaria los trata como un trabajador por cuenta ajena.

Siendo ya uno de los colectivos que sufre más complicaciones, la regularización de cuotas de la Seguridad Social iniciada en el ejercicio 2023 les impidió cotizar por lo que ganan vía nómina, forzándoles a cotizar por la base mínima de 1.000 euros y una cuota de 294 €. Este hecho, trasladado al trienio establecido en el Real Decreto y a los sucesivos, va a suponer un enorme perjuicio en la pensión de jubilación de aquellos que con su esfuerzo cotizaban hasta 2022 por una cuantía superior a la mínima, en busca de una pensión de jubilación digna. Y es que, si bien se permitía a los autónomos societarios computar sus ingresos por rendimientos de trabajo para el cálculo de su base de cotización, no se aplicó en la norma el mismo criterio para sus familiares, ni para los colaboradores de autónomos clásicos, con lo que de facto se les "condena" a cotizar por el mínimo.

Todo ello por un error en el Real Decreto - Ley 13/2022, de 26 de julio, que establecía un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, que olvidó permitirles computar sus ingresos por rendimientos de trabajo (nómina), estableciendo únicamente para el cálculo de sus cotizaciones lo que declararan por estimación directa (actividades profesionales) o actividades económicas. Tal y como establecen las normas del IRPF, no tendría sentido tributar de esta manera sin que haya "por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos". Tampoco corrigió el error la Orden PCM/74/2023 del 30 de enero, que establecía las normas para la regularización de las cuotas de cotización a la Seguridad Social en 2023.

 

Doble perjuicio

 

Pero el perjuicio que la actuación de la Seguridad Social ha ocasionado a los autónomos colaboradores no acaba ahí. De hecho, también se les ha impedido elegir la posibilidad prevista en los citados Real Decreto y Orden Reguladora de acogerse a lo que vinieran cotizando a fecha de 31/12/2022. Así, se les ha impedido acceder al trámite para optar por esa posibilidad, bajo el pretexto de que no han declarado rendimientos netos. Muy al contrario, lo habitual es que sí hayan declarado rendimientos netos en sus declaraciones de la renta pero como rendimientos del trabajo, en cumplimiento estricto de la normativa tributaria.

Así, muchos autónomos colaboradores se han visto abocados a tramitar recursos de alzada, denegados sin apenas argumentación por la SS, y a entablar lentos y engorrosos recursos contenciosos administrativos.

La paradoja de la situación es especialmente lacerante: mientras toda la nueva legislación que emprendió la regularización de cuotas pretendía que los autónomos aportaran más a la hucha de las pensiones, asemejándoles a los trabajadores por cuenta ajena, a aquellos autónomos colaboradores que venían cotizando según sus ingresos se les condena a cotizar por el mínimo.

 

Las quejas de ATA

 

En una entrevista realizada por Lorenzo Amor (ATA) en Radio Lanzarote, destacó que también varios miles de familiares de autónomos que no hicieron la declaración de la renta pero que cotizaban por encima del mínimo, se han visto forzados a la base mínima, habiéndoseles además impedido acceder al derecho establecido en la disposición transitoria sexta del Real Decreto de mantener lo cotizado a fecha de 31.12.2022.

Corregir estos errores de la regularización de 2023 es una de las exigencias de ATA para consensuar las cuotas de 2026, junto a la equiparación de prestaciones con los trabajadores por cuenta ajena. También hizo referencia Amor a los errores con los autónomos en pluriactividad.

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