Piden 8 años de prisión para un trabajador de un hotel de Playa Blanca acusado de violar a una turista

La Fiscalía acusa al empleado de someter por la fuerza a la víctima en el baño del bar piscina del hotel y reclama también medidas de alejamiento y vigilancia

19 de noviembre de 2025 (19:34 WET)
Actualizado el 20 de noviembre de 2025 (11:39 WET)
Fachada de los juzgados de Arrecife, Lanzarote. Foto: José Luis Carrasco.
Fachada de los juzgados de Arrecife, Lanzarote. Foto: José Luis Carrasco.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas juzgará la próxima semana a M.R.M., sin antecedentes penales, para el que el Ministerio Fiscal solicita una pena de ocho años de prisión por un presunto delito de agresión sexual con penetración ocurrido en Playa Blanca.

Los hechos, según el escrito de Fiscalía, se produjeron entre las 20:00 y las 20:30 horas del 29 de septiembre de 2022 en el bar piscina del Hotel Relaxia Club Lanza Sur. El procesado, que se encontraba trabajando en el lugar, habría abordado a una turista que se encontraba alojada en el establecimineto cuando esta se dirigía a los baños.

El escrito relata que M.R.M., "con intención de satisfacer sus deseos sexuales y en contra de la voluntad de la turista", la agarró fuertemente, la introdujo en uno de los baños y cerró la puerta. A partir de ese momento, el procesado presuntamente la sometió por la fuerza, agarrándola del pelo, tapándole la boca, bajándole la ropa interior y agrediéndola sexualmente. Posteriormente, la habría obligado a realizarle una felación.

A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió lesiones en la región subescapular derecha, en la cara posterior del brazo derecho, en la mama izquierda y en ambas nalgas, tal como fue reconocido por el médico forense. Estas lesiones requirieron una primera asistencia facultativa y tardaron 10 días en sanar, siendo tres de ellos impeditivos para sus ocupaciones habituales.

El Ministerio Público califica los hechos como un delito de agresión sexual con penetración y pide, además de los ocho años de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima y de volver al lugar de los hechos o acudir al domicilio de la misma por un período de diez años, medida de libertad vigilada de seis años e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por quince años.

En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía reclama que el procesado indemnice a la víctima con 425 euros por las lesiones y 1.500 euros por los daños morales sufridos, cantidades que devengarán el interés legal incrementado en dos puntos.

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