Otras dos sentencias condenan a SH a readmitir a vigilantes que despidió al perder el contrato de los CACT

En contra de lo que sostenía la empresa, el Juzgado de lo Social vuelve a señalar que la nueva adjudicataria no tenía obligación de subrogar a toda la plantilla y que la “responsabilidad” sobre ellos es SH Lanzarote

I.L.

Periodista

22 de marzo de 2021 (10:41 CET)
Actualizado el 22 de marzo de 2021 (10:44 CET)
Jameos del Agua, uno de los Centros Turísticos

El Juzgado de lo Social Número 3 de Las Palmas ha dictado dos nuevas sentencias condenado a la empresa de seguridad SH Lanzarote a readmitir a trabajadores a los que despidió tras perder el contrato con los Centros Turísticos. Los fallos, fechados los pasado 12 y 15 de febrero, concluyen que la nueva adjudicataria no tenía obligación de subrrogar a todos los trabajadores, en contra de lo que sostenía SH.

La sentencia se suma a otra dictada en febrero, que ya estimó la demanda de otro trabajador, obligando a la empresa a readmitirle o a indemnizarle por despido improcedente, así como a abonarle todos los salarios que ha dejado de cobrar durante este tiempo.

Ahora, el Juzgado reproduce los mismos argumentos en estos nuevos fallos, a los que previsiblemente se seguirán sumando otros, de más empleados que demandaron tras quedarse sin empleo.

Fue en julio de 2020 cuando Prosegur resultó adjudicataria del servicio de vigilancia de los Centros y subrogó a 10 de los 24 trabajadores que SH Lanzarote tenía asignados a este servicio. Los afectados demandaron a ambas empresas y algunos también a los CACT, pero el Juzgado ya ha concluido en tres sentencias que la única responsabilidad sobre ellos recaía en SH.

Al respecto, subraya que no había una obligación de subrogación, dado que las condiciones del contrato no eran las mismas. En concreto, tras el concurso resuelto el pasado verano, “se produjo un cambio en la modalidad de la prestación del servicio de vigilancia, al combinarse el sistema de vigilancia tradicional con otro de rondas flexibles realizadas por patrullas móviles, una central receptora de alarmas y de control de cámaras, lo que ha supuesto una disminución de las horas contratadas de servicio de vigilancia presencial”. 

La sentencia concluye así que “Prosegur mantuvo un número de trabajadores proporcional a la reducción final de horas y por tanto la responsabilidad en el mantenimiento del empleo ha de recaer sobre SH Lanzarote”, a la que vuelve a condenar a readmitir o a indeminzar a otros dos trabajadores.

Jameos del Agua, uno de los Centros Turísticos
El Juzgado condena a SH Lanzarote por el despido de un trabajador y absuelve a los Centros y a la nueva empresa de vigilancia
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