Otras cinco condenas a Vueling por cancelaciones y retrasos de vuelos a Lanzarote

​En algunas alegó que eran causas excepcionales por la pandemia y en otras, reconocía los hechos pero no estaba de acuerdo con la indemnización que reclamaban los pasajeros

31 de agosto de 2021 (20:51 CET)
Actualizado el 1 de septiembre de 2021 (11:21 CET)
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La compañía aérea Vueling ha recibido otras cinco condenas que le obligan a indemnizar a distintos pasajeros por cancelaciones y retrasos de vuelos a Lanzarote. Los fallos se suman a otro que publicó hace varias semanas La Voz de Lanzarote, por el que también se le ordenó abonar 800 euros más intereses a una pareja que iba a volar de Lanzarote a Zúrich y que vio cancelado su vuelo “sin un motivo justificado”.

Las nuevas sentencias han sido dictadas recientemente por distintos juzgados de lo Mercantil de Barcelona, donde Vueling tiene su sede. En una de ellas, el fallo estima la demanda de otra pareja que iba a volar desde Lanzarote a Barcelona el 4 de noviembre, pero la compañía canceló el vuelo alegando “circunstancias extraordinarias por la Covid-19”. En su defensa, Vueling alegaba que fueron reubicados en otro avión unos días después, pero el Juzgado concluye que eso no le exime de la obligación de indemnizar a los pasajeros.

En este caso, fija la indemnización en 877 euros, que era lo que reclamaba el demandante. Además, también solicitaba los gastos de hotel generados por ese retraso, que se valoraron en 300 euros. Respecto a ese gasto, la compañía sí aceptó abonarlo antes de que se dictara la sentencia, pero ahora además deberá pagar la indemnización “por los daños y perjuicios.”

En otro de los fallos, el Juzgado da la razón a otro demandante, que actuaba en nombre de dos pasajeros que sufrieron un “gran retraso” en su vuelo. Por eso, reclamaba 500 euros más intereses, al tratarse de una demora superior a tres horas. En este caso, la compañía ni siquiera compareció en el procedimiento, por lo que el Juzgado ha estimado íntegramente la demanda, condenando a la empresa a pagar 250 euros por cada uno de los dos pasajeros y a abonar las costas del procedimiento.

 

Cinco días de retraso en la llegada del equipaje

Además de esas condenas por retrasos y cancelaciones de vuelos, Vueling también ha sumado otra por demorar la entrega del equipaje a una pasajera. En este caso, el vuelo partió de Lanzarote con rumbo a Barcelona el 3 de junio de 2019, y la mujer tardó cinco días en recuperar sus maletas. En total, la pasajera reclamaba 616 euros más intereses. De esa suma, 500 euros correspondían a una indemnización de 100 euros por día de retraso, más 116 euros en concepto de reembolso de los gastos que tuvo que realizar.

Por su parte, Vueling admitió el retraso en la entrega del equipaje, pero se opuso parcialmente a la demanda, y en este caso el Juzgado también estimó parte de sus argumentos. Así, ha condenado a la compañía a abonar los 116 euros de gastos, pero no la indemnización. “No consta que la pérdida del equipaje se haya debido a dolo del transportista o de sus empleados, ni consta declaración especial de valor de le entrega”, señala el fallo, que considera “adecuado indemnizar por daños materiales y morales en la cantidad de 116,69 euros”, pero concluye que “no procede un derecho indemnizatorio sin prueba alguna, a razón de 100 euros diarios”. 

“Los gastos que la pérdida ocasionó deben resarcirse, pues es un daño acreditado, pero no cabe inferir un daño mayor, por lo que la cuantía indemnizatoria debe quedar limitada al importe acreditado”, añade.

 

Otra condena de casi 2.000 euros

Mucho más cara le ha salido a Vueling otra de las condenas, por la que tendrá que abonar casi 2.000  euros a cuatro pasajeros que sufrieron la cancelación de un vuelo de Barcelona a Lanzarote en julio de 2018. En este caso, reclamaban 400 euros cada uno más los gastos de manutención ocasionados.

En su respuesta a la demanda, la compañía aceptaba indemnizar al demandante, pero no a los otros tres pasajeros, “alegando que las otras tres personas no constan personadas en calidad de actores en las actuaciones, ni tampoco legalmente representadas por el único demandante del procedimiento”.

Sin embargo, la sentencia responde que se trataba de su mujer y de sus hijos, y que además sí había documentos que acreditaban que actuaba en su nombre y con la autorización de su mujer.

Así, el Juzgado fija la indemnización en 1.997 euros más los intereses legales, y condena de nuevo en costas a la compañía aérea.

En la quinta sentencia a la que ha tenido acceso La Voz, el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona condena a Vueling a pagar 264 euros más intereses a una pasajera por un vuelo de Málaga a Lanzarote que fue cancelado. En su demanda, la mujer reclamaba 434,82 euros: 250 en concepto de indemización y el resto, por lo que le costó el nuevo billete con otra compañía aérea.

En este caso, la sentencia estima íntegramente la petición respecto a la indemnización, pero en cuanto al billete, señala que Vueling ya le devolvió el dinero del vuelo adquirido inicialmente, por lo que sólo debe pagar la diferencia con lo que le costó el otro, que fue de 14,84 euros.

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