El juez ve "indicios de criminalidad" para llevar a juicio a San Ginés por denuncia falsa en la causa de los Centros

El magistrado ha cerrado la instrucción, tras la querella presentada por la hija de Antonio González, y ha dado 10 días para presentar los escritos de acusación

9 de febrero de 2022 (21:20 CET)
Actualizado el 9 de febrero de 2022 (21:22 CET)
Pedro San Ginés declara como acusado en el juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja
Pedro San Ginés declara como acusado en el juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja

El Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife ha terminado la instrucción de otra causa penal contra el expresidente del Cabildo, Pedro San Ginés, concluyendo que hay “indicios racionales de criminalidad” para llevarle a juicio por un delito de denuncia falsa y/o falso testimonio en la causa de los Centros Turísticos, de la que fue denunciante y testigo, y que se terminó archivando diez años después.

La querella contra San Ginés la presentó la hija de una de las personas que se vieron afectadas por esa investigación, el ya fallecido Antonio González Medina. Ahora, agotada la instrucción, el magistrado Jerónimo Alonso ha abierto el plazo para presentar los escritos de acusación contra San Ginés, que es el paso previo a la apertura de juicio oral. En concreto, ha dado 10 días al Ministerio Fiscal y a la acusación particular para que presenten esos escritos.

“La actuación ilícita del investigado desarrollada a través de diversas actuaciones policiales y judiciales que se sucedieron entre diciembre de 2009 y octubre de 2019, faltando abiertamente a la verdad e imputando a Antonio González Medina y la entidad Climafrical S.L. diversos ilícitos de una trascendencia y gravedad indudables, justifica la apertura de juicio de acusación contra aquél”, señala el juez en su auto, fechado el pasado 9 de febrero.

El magistrado recuerda que Pedro San Ginés acudió primero a los agentes de la UCO, que se habían desplazado a la isla al estallar el caso Unión, “para, a sabiendas de su injusticia y falta de veracidad de sus imputaciones y con pleno conocimiento de ello, tratar de involucrar artificiosamente a terceras personas ajenas a dicha investigación en ilícitos de la misma o similar naturaleza”. Además, subraya el denunciante del caso Unión fue Carlos Espino, contra quien San Ginés pedía que se iniciaran acciones. “La intención del investigado era clara”, concluye el juez.

Además, Pedro San Ginés también acudió después al Juzgado de Guardia, donde presentó personalmente otra denuncia, “realizando las mismas falsas imputaciones”, según señala el magistrado. A ella se sumó la que más tarde interpusieron los Centros Turísticos bajo su presidencia en el Cabildo, y todas terminaron en el mismo procedimiento, en el que San Ginés declaró dos veces como testigo, manteniendo sus “falsas imputaciones”.

 

"Afectó al funcionamiento de la Justicia y a los investigados"

“Con ello se afectó tanto al adecuado funcionamiento de la Administración de Justicia, como a la honorabilidad e intereses de quienes tuvieron que soportar una larga instrucción penal”, señala el magistrado.

En el caso de Antonio González, el juez subraya que la “ilícita actuación” de San Ginés tuvo consecuencias “tanto desde el punto de vista personal, siendo sometido a una larga instrucción, como patrimonial, hasta el punto, por ejemplo, que llegó a imponérsele la prestación de una fianza por importe de 1.362.809,44 euros”.

Así, tras completar la instrucción de la causa, para el juez “resulta evidente” que “concurren elementos de juicio suficiente para inicialmente concluir que el querellado, Pedro San Ginés Gutiérrez, habría realizado la conducta típica descrita tanto en el delito de denuncia falsa como en el delito de falso testimonio prestado en causa penal”.

El primer delito responde a la presentación de la querella y el otro a las declaraciones que prestó después como testigo, aunque la Audiencia Provincial apuntó que ambos están relacionados, por lo que podrían unirse en uno solo. No obstante, el magistrado instructor mantiene abiertas las dos opciones en su auto.

 

Penas de hasta tres años de prisión por falso testimonio

En el caso del delito de denuncia falsa, el Código Penal establece penas de entre seis meses y dos años de cárcel y una multa de doce a veinticuatro meses, cuando se le imputa a un tercero un delito grave “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad”.

En cuanto al falso testimonio, está castigado con penas de entre uno y tres años de prisión y multa de seis a doce meses cuando ese testimonio se presta en una causa criminal por delito, como era el caso de la investigación de los Centros, hasta que finalmente fue archivada al no hallar indicios de criminalidad ni veracidad en los hechos denunciados.

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