Condenado por introducir ilegalmente a ciudadanos chinos, cinco de ellos detenidos en Lanzarote

El acusado era el responsable en España de una organización que falsificaba documentos y la Audiencia Provincial de Madrid le ha impuesto una condena de cuatro años de cárcel

22 de septiembre de 2019 (22:59 CET)
Condenado por introducir ilegalmente a ciudadanos chinos, cinco de ellos detenidos en Lanzarote
Condenado por introducir ilegalmente a ciudadanos chinos, cinco de ellos detenidos en Lanzarote

La Sección número 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cuatro años de prisión al responsable en España de una organización que introducía ilegalmente en Reino Unido, a través de nuestro país, a ciudadanos chinos, cinco de los cuales fueron detenidos en el aeropuerto de Lanzarote.

Según se recoge en la sentencia, fechada el pasado 10 de julio, el acusado, también de nacionalidad china aunque en situación regular en España, formaba parte de un entramado que "desde al menos el mes de agosto del año 2014 y hasta el mes de enero de 2016 venía dedicándose a traer desde China a ciudadanos compatriotas suyos interesados en salir de ese país para introducirles ilegalmente en Reino Unido". 

A cambio de dinero, "la organización les gestionaba en primer lugar el viaje a España para una vez aquí, concretamente en Madrid, alojarles en algunos de los pisos que tenían alquilados", donde "permanecían a la espera de obtener los billetes de avión y la documentación mendaz necesaria", que "se confeccionaba en China y se enviaba desde allí". Tras ello "abandonaban España destino Reino Unido, bien directamente o bien pasando por otro país europeo" o por otras localidades españolas.

 

Tres detenidos en Lanzarote ya habían sido arrestados un mes antes 


"En algunas ocasiones, los ciudadanos objeto de tráfico ilícito no consiguieron su propósito de llegar a su destino final, a pesar de intentarlo alguno de ellos más de una vez, siendo detenidos en el aeropuerto cuando intentaban abandonar nuestro país o bien tras haber sido devueltos por las autoridades del Reino Unido o del país de tránsito al percatarse las mismas de la falses de los pasaportes que les había proporcionado la organización", señala la sentencia.

Cinco de estas detenciones, entre el largo listado que se recoge en el fallo, tuvieron lugar en el aeropuerto de Lanzarote, tres de ellas el 16 de diciembre de 2014 y las dos restantes dos días después. Además, los primeros tres detenidos en la isla ya habían sido arrestados en el aeropuerto de Madrid un mes antes y dos de ellos volvieron a ser detenidos en febrero de 2015 en el aeropuerto de Bérgamo. 

Los cinco detenidos en Lanzarote portaban pasaportes falsos de Portugal, Macao y Corea y fueron arrestados cuando se disponían a coger vuelos con destino a Dublín. 

 

Coordinaba los desplazamientos  y la recepción de los pasaportes


El condenado, según considera probado la Audiencia Provincial de Madrid, "era el responsable de la organización en España, bajo la dirección y las órdenes de los responsables en China y, como tal, coordinaba los desplazamientos de las personas traficadas y la actividad de los pasadores, organizaba y su alojamiento y manutención y realizaba los trámites necesarios para su trasladado al país de destino, coordinando la recepción de los pasaportes y realizando las reservas de los vuelos".

Por debajo de él, según se indica, "la organización contaba pasadores llamados 'profesores', que enseñaban y daban instrucciones a las personas traficadas acerca de cómo debían actuar y qué debían decir en los controles policiales para realizar el viaje de forma segura y sin levantar sospechas, acompañándoles incluso en muchas ocasiones durante los desplazamientos, concretamente para salir del territorio nacional". 

 

Dilaciones indebidas 


Por estos hechos, el acusado estuvo en prisión provisional desde el 26 de enero de 2016 al 29 de diciembre de 2017 y ahora ha sido condenado a cuatro años de prisión, así como al pago de la mitad de las costas procesales, tras reconocer los hechos y dictarse una sentencia de conformidad. No obstante, se le abonará el tiempo de duración de la prisión preventiva por esta causa. 

En concreto, se le considera autor de un delito continuado de de falsedad de documento en concurso con un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, aunque con la atenuante de dilaciones indebidas. Y es que, según se apunta en la sentencia, la causa estuvo paralizada en el juzgado de instrucción "desde noviembre de 2017". 

En la sentencia, la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid indica que aunque el acusado formaba parte de una red "junto con otras personas en China y en España", contra las mismas no se ha seguido la presente causa "por no haber sido identificadas o por hallarse en paradero desconocido". 

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