La Policía Local incauta 50 patinetes eléctricos de alquiler de las principales vías de Costa Teguise

Según ha informado el Ayuntamiento, operaban de forma irregular, incumpliendo la normativa vigente en cuanto a Seguridad y Convivencia Ciudadana, por lo que han sido retirados de la vía pública y almacenados en el depósito municipal

19 de febrero de 2020 (15:11 CET)
La Policía Local incauta 50 patinetes eléctricos de alquiler de las principales vías de Costa Teguise
La Policía Local incauta 50 patinetes eléctricos de alquiler de las principales vías de Costa Teguise

La Policía Local de Teguise ha retirado de las principales avenidas de la localidad de Costa Teguise un total de 50 patinetes eléctricos que operaban de forma irregular, incumpliendo la normativa vigente en cuanto a Seguridad y Convivencia Ciudadana, motivo por el cual los vehículos de movilidad personal de la empresa Wind han sido retirados de la vía pública y almacenados en el depósito municipal, atendiendo a la ley que regula la gestión del tráfico. 

"Siempre que pueda constituir peligro o causar graves perturbaciones a la circulación de vehículos y/o peatones, o se haga el ofrecimiento de venta de vehículos o se realice cualquier negocio jurídico no autorizado con los vehículos estacionados en la acera, o en su caso, anclados a elementos vegetales, bancos, marquesinas o mobiliario urbano, las autoridades judiciales procederán a su inmovilización e incautación con la sanción que corresponda", ha explicado el responsable de Policía Local de Teguise, Miguel Ángel Jiménez.

Según la Ordenanza Reguladora número 56 de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Teguise -en vigor en octubre de 2016-, "se considera infracción grave toda actividad no autorizada expresamente en los espacios y vías públicas y que implique una estancia o uso abusivo, insistente o agresivo de estas zonas o que en general representen acciones de presión o insistencia hacia los ciudadanos, o perturben la libertad de circulación de estos u obstruyan o limiten el tráfico rodado de vehículos o la realización de cualquier ofrecimiento o requerimiento directo o indirecto de cualquier bien o servicio cuando no cuente con las autorizaciones preceptivas". En relación a las infracciones, se recogen leves, graves y moderadas, con una sanción económica máxima de 1.500 euros.

 

Nueva ordenanza


Por su parte, el responsable de Movilidad, Eugenio Robayna, recuerda "que el Ayuntamiento de Teguise aprobó el pasado mes de diciembre de 2019 una nueva ordenanza de vehículos de movilidad personal, con el objeto de regular su uso en las vías urbanas del término municipal de Teguise. "Todo ello con el fin de favorecer su integración en el ámbito del tráfico urbano, ya que son una realidad en nuestras calles y además se han ido extendiendo de forma considerable", ha apuntado el edil. 

"Se está aplicando la normativa para el bien de la convivencia ciudadana y su seguridad, en garantía de la accesibilidad universal y la conciliación de la vida personal familiar y laboral en el espacio público", sentenció Robayna.

El proyecto de modificación del Reglamento General de Vehículos define al VMP como el vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/hora. Esta nueva descripción de la Dirección General de Tráfico, completa el concepto recogido en la ordenanza municipal de Teguise, que los define como vehículos movidos por la fuerza muscular o ayudados por energía eléctrica y los ciclos de más de dos ruedas.

 

"Deberán adaptarse a la velocidad de los viandantes"


Asimismo, y "con el fin de definir e ir manteniendo actualizada una relación de las vías públicas disponibles", el documento regulador recoge que el Ayuntamiento podrá autorizar el uso de nuevas vías o paseos para su circulación o establecer la provisión total o parcial de la circulación y estacionamiento de dichos vehículos, cuando las características de una determinada zona del municipio lo justifique.

En ese caso, la ordenanza exige que los vehículos deberán adaptarse a la velocidad de los viandantes y no realizar maniobras negligentes o temerarias que pueden afectar a la seguridad de peatones o incomodar su circulación o estancia en el espacio público en todo caso de la velocidad máxima será de 10 km/h, aunque con carácter general estará prohibido utilizar las vías destinadas y concebidas especialmente para los peatones.

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