Respalda la decisión de Interior, que le apartó del cuerpo tras la condena

La Audiencia Nacional rechaza el recurso de un ex policía nacional de Arrecife, que pretendía volver al Cuerpo tras ser condenado por drogas

La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso interpuesto por un ex un policía nacional de Arrecife, que fue apartado del servicio tras ser condenado junto a otra persona "como responsables, en ...

24 de octubre de 2012 (17:36 CET)
La Audiencia Nacional rechaza el recurso de un ex policía nacional de Arrecife, que pretendía volver al Cuerpo tras ser condenado por drogas
La Audiencia Nacional rechaza el recurso de un ex policía nacional de Arrecife, que pretendía volver al Cuerpo tras ser condenado por drogas

La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso interpuesto por un ex un policía nacional de Arrecife, que fue apartado del servicio tras ser condenado junto a otra persona "como responsables, en concepto de autores, de un delito contra la salud pública".

La Audiencia ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el afectado contra la resolución de 26 de octubre de 2009, del Ministerio del Interior, que acordó esta sanción disciplinaria para el ex agente. Dicha resolución, según la Audiencia, es "conforme a derecho". Contra esta sentencia, de 19 de septiembre de 2012, no cabe recurso.

La primera sentencia que condenó al entonces policía tiene fecha de 19 de septiembre de 2000 y es de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Al demandante se le condenó a cuatro años y seis meses de cárcel por un delito penado en el artículo 368 del Código Penal, que establece penas para "los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines".

Además, en el artículo 369 del Código Penal se establece que se impondrán las penas superiores a las señaladas en el anterior artículo en el caso de que el culpable fuera "autoridad, funcionario público, facultativo, trabajador social, docente o educador o obrase en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio".

El afectado recurrió, y el Tribunal Supremo, en fecha de 3 de enero de 2003, admitió parcialmente el recurso, pero acabó condenando al ex agente aunque le redujo la pena de cárcel. Así, le condenó a tres años y seis meses de prisión "como autor responsable de un delito contra la salud pública, en relación a droga que causa daño a la salud".

Posteriormente, el Ministerio del Interior culminó con el expediente disciplinario abierto al agente y le sancionó con la separación del servicio como "autor de una falta muy grave", consistente en "cualquier conducta constitutiva de delito doloso". El demandante recurrió, pero su pretensión fue desestimada. Fue entonces cuando interpuso un recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional, "suplicando una sentencia por la que se revocara la citada resolución y se declarara no haber lugar a la sanción impuesta" al afectado.

El demandante entendía que se debía anular esta sanción porque la falta imputada había prescrito, pero la Audiencia Nacional ha sentenciado que la resolución del Ministerio del Interior es "conforme a derecho".

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