El Gobierno sigue adelante con la Ley por el Derecho a la Vivienda, pese al informe del CGPJ

Conoce las principales líneas de actuación de la nueva ley de vivienda

EFE

30 de enero de 2022 (09:02 CET)
Actualizado el 30 de enero de 2022 (09:48 CET)

El Gobierno seguirá adelante con la tramitación del anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, a pesar del informe crítico que ha aprobado este jueves el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Aunque el informe supone un varapalo para una de las leyes estrella del Ejecutivo de coalición, la ministra de Transportes, Raquel Sánchez, ha confirmado que el próximo martes, 1 de febrero, el Consejo de Ministros aprobará el anteproyecto en segunda vuelta y lo enviará al Congreso para su tramitación parlamentaria.

En declaraciones a Efe, Raquel Sánchez ha asegurado que en el informe del poder judicial "no se observan comentarios que hagan dudar de la validez y solvencia jurídica que siempre hemos defendido de este anteproyecto".

"Analizaremos el informe, pero habrá ley de vivienda, y quiero transmitir un mensaje de tranquilidad y firmeza: la llevaremos a la aprobación del Consejo de Ministros el próximo martes", ha afirmado la ministra, tras recalcar su seguridad de que "la ley respeta las competencias de las comunidades autónomas, salvaguarda y protege el derecho a la vivienda y es compatible con el derecho a la propiedad".

Sánchez ha equiparado la ley de vivienda con la del aborto, la de la eutanasia y la del matrimonio igualitario, y ha argumentado que los avances sociales en España "siempre han sido gracias a los gobiernos socialistas, mientras que la derecha siempre ha reaccionado en contra, aunque luego se ha sumado a los avances".

 

Las claves de la nueva ley de vivienda

 

1.- LAS COMUNIDADES DECLARAN LAS ZONAS TENSIONADAS

Las comunidades autónomas podrán declarar un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado por un periodo de tres años tras constatar que en esa zona la renta de alquiler supera el 30 % de los ingresos medios por hogar y que en los últimos cinco años ha subido cinco puntos por encima del IPC de esa comunidad.

2.- 18 MESES PARA ELABORAR LOS ÍNDICES DE REFERENCIA

Las rentas de las personas jurídicas propietarias de más de diez viviendas en las zonas tensionadas se limitan conforme a un sistema de índices de precios de referencia. Aunque el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) dispone ya de uno, se da un plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la ley para su elaboración, lo que en la práctica supone que la regulación de los alquileres para los grandes tenedores no empezaría a aplicarse esta legislatura.

3.- DESGRAVACIONES EN EL IRPF PARA ARRENDADORES (NUEVOS CONTRATOS)

La actual desgravación del 60 % en el IRPF por rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual pasa a ser del 50 %, pero se modula hasta el 90 % en las zonas tensionadas.

Para nuevos alquileres de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años, la reducción es del 70 %, mientras que para viviendas protegidas y para casas rehabilitadas en los dos últimos años es del 60 %.

4.- RECARGO EN EL IBI DE VIVIENDAS VACÍAS

Los ayuntamientos podrán aplicar un recargo del 50 % en la cuota líquida del impuesto de bienes inmuebles (IBI) a los inmuebles de uso residencial que permanezcan desocupados sin justificación más de dos años; del 100 % si está vacío más de tres años y del 150 % si el propietario tiene varios inmuebles desocupados en el mismo término municipal.

Algunas causas justificadas para tener una vivienda vacía son la de traslado por motivos laborales o de formación, cambio de domicilio por razón de dependencia, salud o emergencia social, inmuebles destinados a segunda residencia con un máximo de cuatro años de desocupación continuada o aquellos en obras o inmersos en algún litigio.

También se exceptúan los inmuebles en venta (un año máximo) o alquiler (con un máximo de seis meses), en condiciones de mercado.

5.- SUPENSIÓN DE DESAHUCIOS

La gran novedad es que serán los juzgados los que de oficio suspendan los desahucios por impago de alquiler de familias vulnerables durante dos meses, si el demandante es una persona física, y durante cuatro meses si es persona jurídica.

6.- AUMENTAR EL PARQUE DE VIVIENDA SOCIAL

Entre otras medidas para incrementar el parque de vivienda social el texto establece la reserva del 30 % del suelo urbanizado en las nuevas promociones para vivienda pública y, de ese porcentaje, la mitad para alquiler, y del 10 % en las actuaciones de reforma o renovación de la urbanización.

7.- VIVIENDA ASEQUIBLE INCENTIVADA

También crea junto a la vivienda protegida la figura de la "vivienda asequible incentivada", como aquella de titularidad privada con beneficios urbanísticos y fiscales destinada al alquiler a precios reducidos.

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