FIJA LA INDEMNIZACIÓN EN 25.000 EUROS MÁS LOS INTERESES 

La Audiencia confirma la condena a Chavanel y la amplía a Canarias 7 por difamar al fiscal Stampa

La sentencia concluye que el periodista, que también trabajaba para el medio de comunicación de Rosa, hizo "una crítica feroz" a la instrucción del caso Unión y del caso Stratvs, basándose en "hechos no contrastados y tergiversados" y "cuya falta de veracidad ha quedado probada"

1 de abril de 2019 (14:45 CET)
Francisco Chavanel y el director de Canarias 7, durante el juicio por el ataque al honor del fiscal Stampa
Francisco Chavanel y el director de Canarias 7, durante el juicio por el ataque al honor del fiscal Stampa

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado otra condena al periodista Francisco Chavanel y a la productora de su programa de radio por atentar contra el honor del fiscal Ignacio Stampa, al que lleva años atacando con informaciones "falsas" para intentar desacreditar la instrucción del caso Unión y del caso Stratvs. Además, ha hecho extensiva la condena a la editora del diario donde también publicaba artículos, Canarias 7, que había sido absuelta en primera instancia.

"Discrepamos de la absolución de la editora del periódico por entender que en lo sustancial estamos ante las mismas conductas", señala la nueva sentencia, fechada el pasado 14 de marzo. Al respecto, recuerda que el primer fallo solo condenó al periodista y a la productora de su programa de radio pero absolvió a Canarias 7, al entender que en este caso eran artículos de opinión de los que solo debía responder el autor. Sin embargo, la Audiencia concluye que no está "justificada esa distinción", ya que tanto en la radio como en sus artículos "predominaba" la opinión y el "elemento valorativo", pero partiendo de "hechos no contrastados y tergiversados", "cuya falta de veracidad ha quedado probada".

Al respecto, la sentencia recuerda que un periodista "está en su derecho de criticar" la instrucción de una causa, pero "lo que no ampara la libertad de expresión es que dicha crítica se fundamente en hechos falsos", como ocurrió en este caso. "Se hace una crítica feroz de la actuación del representante del Ministerio Público en dos procedimientos penales de gran notoriedad pública, en que se investiga corrupción de funcionarios públicos y afectan a personas de relevancia empresarial en la isla", señala la sentencia, que añade que esa crítica iba "acompañada y fundamentada en la narración de hechos que ni son ciertos, ni fueron objeto de una mínima contrastación objetiva y diligente".

 

Otras condenas que incluían también a Lancelot


Cabe recordar que ésta es la tercera condena que pesa sobre el mismo periodista por utilizar la difamación para intentar sembrar dudas sobre la instrucción de algunos de los principales casos de corrupción abiertos en Lanzarote. Hasta ahora, Chavanel también ha sido condenado por atentar contra el honor del ex presidente del PIL, Antonio Hernández, al que se ha referido reiteradamente como "testigo protegido", y del juez César Romero Pamparacuatro, que inició la instrucción del caso Unión. En el caso de Pamparacuatro, también dirigió su demanda contra Lancelot, que pertenece a uno de los acusados en Unión y en Stratvs, Juan Francisco Rosa, y que también pagó a Chavanel por sus intervenciones cargando contra jueces, fiscales y denunciantes, y defendiendo a los investigados.

Esa primera sentencia que condenó también a Lancelot ya fue ratificada por la Audiencia Provincial, que incluso elevó las indemnizaciones que había fijado el Juzgado. En cuanto a Stampa, en su demanda no incluyó al medio de comunicación de Juan Francisco Rosa, aunque también había difundido artículos difamatorios contra él, tal como consideraba acreditado la sentencia de primera instancia. 

En ese fallo, el juez señalaba que el motivo del fiscal para no demandar también a este medio pudo estar en "evitar cualquier tipo de suspicacia que pudiera dar pie a nuevas críticas, aunque fuesen infundadas, sobre su propia actuación en particular y la de la Fiscalía en general, incluso aunque ello suponga posponer o relegar la defensa de sus propios intereses". Y es que en ese momento Stampa, que actualmente ejerce en la Fiscalía Antincorrupción en Madrid, seguía a cargo de causas contra Juan Francisco Rosa, como el caso Stratvs.

 

Indemnización, costas y obligación de publicar la sentencia


El fallo de la Audiencia, contra el que aún cabe recurso ante el Supremo, señala que "comparte la muy detallada valoración de la prueba que hace la sentencia de instancia, la selección y transcripción de los pasajes más significativos y relevantes" -con los ataques de Chavanel a Stampa en la radio y en los artículos de prensa- y "el análisis acerca de su falta de veracidad". Así, confirma "la existencia de vulneración del derecho al honor, correcta y motivadamente apreciada", aunque estima parcialmente tanto el recurso de Ignacio Stampa como el de los demandados, en el primer caso para incluir también la condena a Canarias 7 y en el segundo para rebajar la indemnización que deberán abonar al fiscal, que pasa de 50.000 a 25.000 euros.

"Es muy difícil obtener una medición exacta de la divulgación y seguimiento de unos programas de radio concretos o del acceso por internet a artículos periodísticos", señala la sentencia, que añade que "la reiteración de los artículos agrava el daño en cierta medida, pero no lo multiplica", porque lo que hacía era repetir una y otra vez los mismos hechos falsos. Así, apunta que "el principio de igualdad y seguridad jurídica aconsejan aplicar valoraciones que respeten los precedentes en casos semejantes de vulneración del derecho al honor" y, tras citar algún ejemplo, concluye que resulta "proporcionada y respetuosa con los mencionados precedentes la suma de 25.000 euros como indemnización", más los intereses legales correspondientes desde que se interpuso la demanda. Cabe recordar que en el caso de Pamparacuatro, la indemnización que fijó otra sala de la Audiencia ascendía en total a 162.000 euros, sumando la condena impuesta a cada uno de los medios.

En cuanto a la indemnización al fiscal, de esa suma tendrán que responder de forma solidaria Chavanel y los dos medios condenados, que también tendrán que pagar las costas de primera instancia. Además, deberán publicar el encabezamiento y el fallo de la sentencia en Canarias 7 y leerlo en el programa de radio de Chavanel, El Espejo Canario, "durante cinco días consecutivos".

 

Un libro sobre Dimas


Además de haber cobrado de la empresa de Juan Francisco Rosa, el propio sumario del caso Unión puso también de relieve la relación de este periodista con el principal acusado de esa causa, Dimas Martín, y con el ya condenado Francisco Rodríguez Batllori. En una de las cartas que intercambiaron ambos cuando Dimas estaba en prisión, Batllori le hablaba de un libro que al parecer pretendían que escribiera Chavanel - "está a la espera de lo que tú digas y montar el mejor operativo posible para verse contigo", le decía Batllori a Dimas-, y del que pretendían que se "encargara" el entonces concejal de Hacienda de Arrecife, José Miguel Rodríguez.

"Dime qué debo hacer al respecto", preguntaba en otra carta José Miguel Rodríguez a Dimas Martín, que desde prisión daba instrucciones al edil de pagos que debía realizar con dinero público del Ayuntamiento por cosas que nada tenían que ver con el Consistorio. "Es un libro que vamos a escribir que puede ser muy interesante, de eso ya te hablaré con más tranquilidad", le respondía Dimas.

Se da la circunstancia de que los argumentos que ha utilizado Chavanel durante años para criticar la instrucción del caso Unión son idénticos a los empleados por varios acusados en la causa y en particular por el propio Dimas, que volvió a ponerlos sobre la mesa en el juicio que quedó visto para sentencia la pasada semana, y en el que volvió a presentarse como víctima de una especie de complot.

En algunos casos, Francisco Chavanel se apoyaba en lo que tanto él como un colaborador de su programa, Valentín Auyanet, afirmaban que eran "rumores", tal como señala la sentencia, que concluye que se ha demostrado que esos rumores eran "infundados" y que se hicieron eco de ellos sin "la mínima verificación diligente" y sin citar siquiera ninguna fuente.

Además de lanzar graves falsedades que afectaban a la esfera privada del fiscal, Chavanel llegó a sostener que Ignacio Stampa había sido relevado en el caso Unión por supuestos "errores" o "negligencias" en la instrucción, cuando la realidad es que lo que hizo el Ministerio Público fue simplemente incorporar otro fiscal a la causa por la magnitud que adquirió el caso. De hecho, el propio Consejo Fiscal emitió en su día un comunicado pidiendo que cesaran los ataques a Stampa, cuyo trabajo fue reconocido después con su traslado a la Fiscalía Anticorrupción en Madrid, donde ejerce actualmente y donde está a cargo de algunas de las principales causas abiertas en España, como el caso Villarejo. 

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