"VA A EXPLOTAR Y A SERVIRSE DEL RESULTADO DE LA OBRA", SEÑALA LA SENTENCIA

El Juzgado ordena suspender las obras que inició Canal Gestión en Montaña Roja sin permiso

La sentencia da la razón a Club Lanzarote, que sigue siendo titular de la urbanización porque aún no ha sido recepcionada, y subraya que Canal Gestión no es un "mero ejecutor de la obra", sino "una sociedad privada que va a explotar y a servirse del resultado"...

30 de noviembre de 2015 (18:10 CET)
El Juzgado ordena suspender las obras que inició Canal Gestión en Montaña Roja sin permiso
El Juzgado ordena suspender las obras que inició Canal Gestión en Montaña Roja sin permiso

El Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Arrecife ha ordenado la suspensión definitiva de las obras que Canal Gestión inició hace unos meses en el plan parcial de Montaña Roja, estimando así íntegramente la demanda que presentó Club Lanzarote como titular de esa urbanización. La sentencia, fechada el pasado 18 de noviembre, condena además a Canal Gestión a que "reponga las cosas al estado anterior" y a pagar las costas del juicio.

En su defensa, lo único que alegó Canal Gestión es que no es la "propietaria de la obra" (destinada a conectar la urbanización a la red general de agua) y que por tanto no podía dirigirse esta demanda contra ella. Sin embargo, la sentencia considera acreditado que la empresa no es un "mero ejecutor" de los trabajos, como pretendió sostener durante el juicio, "sino que realiza la obra para, una vez terminada, explotar el servicio de abastecimiento, saneamiento y reutilización de aguas". 

Efectivamente, la sentencia señala que un procedimiento de este tipo no puede dirigirse contra un contratista o subcontratista de una obra, pero concluye que ése no es el caso de Canal Gestión, ya que es "una sociedad privada que va a explotar y a servirse del resultado" de esos trabajos y por tanto la "dueña" de los mismos. Además, subraya que Canal Gestión no solo no es una simple "ejecutora material", sino que ni siquiera es la "ejecutora material directa", ya que adjudicó los trabajos al Grupo Tiagua (la misma empresa que ha resultado adjudicataria de otras obras de Canal Gestión Lanzarote). Y a esto, añade que incluso Canal "se publicita por signos externos, como es el cartel, como dueña de la obra" que comenzó a realizar el Montaña Roja, careciendo de permisos para ello.

 

La urbanización no ha sido recepcionada


"No se ha acreditado que de forma definitiva, por resolución firme, se haya recepcionado por ente público alguno la urbanización de Montaña Roja de Yaiza, ni el uso y explotación de la depuradora de aguas", sostiene la sentencia, dando así la razón a Club Lanzarote, que defiende que sigue siendo titular de ese plan parcial y que, por tanto, se invadió su propiedad al realizar esos trabajos.

Además, el magistrado Francisco Javier Ramírez de Verger se refiere también al pleito abierto por la incautación de la desaladora de Montaña Roja, sobre el que se aportó distinta documentación dentro de este nuevo procedimiento. "En este proceso civil nada nos debe importar", señala al respecto la sentencia, refiriéndose entre otros al expediente sancionador del Consejo Insular de Aguas contra Club Lanzarote.

Precisamente cuando la Justicia ordenó devolver la desaladora incautada a Club Lanzarote, el presidente, Pedro San Ginés, se refirió a esas obras que había iniciado Canal para llevar la red general a Montaña Roja. En aquel momento, los trabajos habían sido paralizados de forma cautelar por orden judicial, a raíz de un interdicto presentado por Club Lanzarote. Ahora, la sentencia del Juzgado, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, ordena suspender de forma definitiva las obras y devolver la zona a su estado anterior.

 

Canal, beneficiaria del resultado de las obras


En su sentencia, el Juzgado insiste en que la única "controversia" estaba en si Canal Gestión tenía o no "legitimidad pasiva" para que se dirigiera este recurso contra ella, ya que en eso se basó su contestación a la demanda. Y al respecto, el fallo insiste en que sí, no solo porque adjudicó la obra a un tercero y se anuncia en los carteles como promotora de la misma, sino porque también es quien se beneficiaría de su resultado, al pasar a distribuir y cobrar el agua a los vecinos de Montaña Roja. Tras la incautación de la desaladora, fue Canal quien empezó a facturar el agua a esos vecinos. Sin embargo, después la Justicia obligó a devolver esas plantas a Club Lanzarote. 

Paralelamente, se abrió además una causa penal por esa incautación, tras la denuncia presentada por la empresa también en esta vía. Hasta el momento hay cinco personas imputadas entre las que se encuentran el presidente, Pedro San Ginés, los que eran gerentes del Consejo y del Consorcio, José Juan Hernández Duchemín y Domingo Pérez Callero, el secretario de la Corporación, Francisco Perdomo, y el abogado Ignacio Calatayud, que asesoró al presidente en la incautación mientras, al mismo tiempo, trabajaba para Canal Gestión, que fue la empresa a la que se le entregaron las plantas.

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