La juez subraya que la alcaldesa es familiar de camelleros de Timanfaya

El Juzgado absuelve al dueño de Lanzarote a Caballo y sostiene que Yaiza no autorizó los paseos en camello "por intereses económicos"

La juez carga con dureza contra el Consistorio y la alcaldesa, de la que llega a decir que tenía "intereses económicos" para impedir esta actividad, al ser familiar de camelleros de Timanfaya

11 de septiembre de 2013 (01:55 CET)
El Juzgado absuelve al dueño de Lanzarote a Caballo y sostiene que Yaiza no autorizó los paseos en camello "por intereses económicos"
El Juzgado absuelve al dueño de Lanzarote a Caballo y sostiene que Yaiza no autorizó los paseos en camello "por intereses económicos"

El Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife ha absuelto al administrador único de Lanzarote a Caballo, Vicente Hidalgo, para el que la Fiscalía pedía 9 meses de prisión por un supuesto delito de desobediencia, al haber mantenido los paseos a camello pese a no tener autorización del Ayuntamiento de Yaiza.

En la sentencia, la juez Aitziber Oleaga carga con dureza contra el Consistorio y contra la alcaldesa, Gladys Acuña, de la que llega a decir que tenía "intereses económicos" para impedir esta actividad, al ser familiar de camelleros de Timanfaya ("al menos un hermano y un tío"). Según la sentencia, la actuación del Ayuntamiento "no tuvo otro interés que el de perjudicar al señor Hidalgo, para que éste no pudiera desarrollar su actividad de paseo en camellos, al considerar que los camelleros de Timanfaya tenían que tener el monopolio sobre esta actividad en la isla de Lanzarote".

En la misma línea, sostiene que "resulta evidente que los intereses económicos latentes en la alcaldesa y en el propio Consistorio", que "percibía ingresos de los camelleros del Timanfaya", "son los que han llevado a que se aplicara una Ley a un caso que no procedía.

Además, asegura que la alcaldesa "orquestó" una "campaña" contra Lanzarote a Caballo desde el año 2003. Al respecto, la sentencia cita varios artículos publicados en su día en La Voz de Lanzarote, en los que se recogen declaraciones de la entonces concejal de la oposición y posteriormente alcaldesa, Gladys Acuña, en las que se oponía a que se autorizara esa actividad fuera de Timanfaya.

"Maremágnum burocrático incomprensible y angustioso"

La sentencia entiende que el administrador de Lanzarote a Caballo no mantuvo una "actitud rebelde" y subraya que intentó regularizar su situación tras la sentencia dictada en 2008, en la que se ratificó el decreto de cierre dictado en 2003 por el Ayuntamiento.

En ese momento, la juez considera probado que Hidalgo cesó la actividad e inició los trámites para conseguir los permisos del Consistorio para poder ofrecer también paseos a camello. "Esta legalización no tendría que haber supuesto ningún problema y se tenía que haber otorgado de inmediato la licencia solicitada, pero en lugar de ello, el acusado se ha visto envuelto en un maremágnum administrativo burocrático incomprensible y angustioso que ha debido soportar como administrado", señala la juez.

En los hechos probados de la sentencia, se relata que ante la falta de respuesta del Consistorio, Lanzarote a Caballo envió un escrito en agosto de 2009, comunicado que "ante el silencio administrativo se entendía otorgado por el Ayuntamiento la licencia para el desarrollo de la actividad de paseos en camello con turistas o visitantes en los alrededores del centro". A partir de ahí, el Ayuntamiento respondió ordenándole cesar la actividad, alegando que carecía de la calificación territorial del Cabildo y la licencia de actividades clasificadas. Sin embargo, la sentencia considera que ese acuerdo era "injusto, arbitrario y no legítimo".

De hecho, señala incluso que esa resolución falta a la verdad, ya que la empresa sí contaba con la calificación territorial del Cabildo.

"Evidencia de ilegitimidad" por el "parentesco"

Por eso, la juez insiste en que las órdenes que supuestamente incumplió el administrador de la empresa "a todas luces y de forma patente, no son acordes a la legalidad". Además, subraya que tienen "evidencia de ilegitimidad" por "las relaciones de parentesco con los camelleros de la competencia por parte la alcaldesa y de ingresos económicos del Consistorio de estos camelleros, que rodean las decisiones adoptadas en relación a las solicitudes del acusado, totalmente perjudiciales para el Sr. Hidalgo y totalmente beneficiosas para la Asociación de camelleros del Timanfaya, a la que pertenecen curiosamente los familiares de la alcaldesa".

En sus duras críticas, la juez llega a señalar que "no hay palabras para definir semejante atropello contra los derechos de un ciudadano honrado", y agrega que "la hipocresía del Consistorio se hace patente" al comprobar que los camelleros de Timanfaya también estaban operando sin licencia para desarrollar esta actividad en 2009, y "en cambio, se empeñan en pedir a los demás de forma irregular lo que ellos no cumplen".

Además, cuestiona que "el Ayuntamiento de Yaiza, que fue quien interpuso la denuncia, no se haya molestado en constituirse como acusación particular", y también "que el Ministerio Fiscal haya mantenido una acusación como ésta sin verificar a fondo la legitimidad de las órdenes dictadas por la administración y sus verdaderas motivaciones".

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