La sentencia de Montecarlo ratifica las condenas a los tres acusados confesos y absuelve a Federico Toledo

Carlos Sáenz, José Vicente Montesinos y Javier Betancort deberán devolver más de 300.000 euros malversados al Ayuntamiento de Arrecife

27 de julio de 2020 (20:17 CET)
Actualizado el 28 de julio de 2020 (20:47 CET)
El gerente de Lancelot, Javier Betancort y el ex interventor del Ayuntamiento de Arrecife, Carlos Saenz en el juicio Montecarlo
El gerente de Lancelot, Javier Betancort y el ex interventor del Ayuntamiento de Arrecife, Carlos Saenz en el juicio Montecarlo

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ya ha dictado sentencia en la segunda pieza del caso Montecarlo, ratificando las condenas a los tres acusados que confesaron durante el juicio -Carlos Sáenz, José Vicente Montesinos y Javier Betancort- y absolviendo al cuarto, el abogado Federico Toledo.

"No ha quedado probado que participara en modo alguno en la sustracción de fondos públicos del Ayuntamiento de Arrercife, ni que en su condición de abogado de dicho Ayuntamiento en los procedimientos contencioso administrativo antes citados, no defendiera deliberadamente los intereses patrimoniales públicos encomendados, sin tratar de impedir que los Juzgados estimaran las demandas interpuestas por las empresas de Montesinos Ramírez", señala la sentencia.

En cuanto a los otros tres acusados, les impone las penas que aceptaron durante el juicio, después de que la Fiscalía rebajara las que solicitaba inicialmente, al aplicar como “atenuante muy cualificada” la “colaboración con la Justicia”, por su confesión tardía. En el caso del ex interventor de Arrecife, Carlos Sáenz, ha sido condenado a tres años, tres meses y ocho días de prisión y más de seis años y medio de inhabilitación y al pago de una multa de 150.000 euros por delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento oficial, cohecho y blanqueo de capitales.

Por su parte, el empresario José Vicente Montesinos afronta una nueva pena de tres años, cuatro meses y 14 días de prisión y una multa de 150.000 euros por los mismos delitos. En cuanto al tercer acusado, Javier Betancort, que empezó a trabajar para Montesinos después de ser concejal de Hacienda en San Bartolomé, ha sido condenado a año y medio de cárcel y dos años y medio de inhabilitación por delitos de malversación, prevaricación y falsedad en documento mercantil.

Javier Betancort, gerente de Lancelot Medios declarando en Montecarlo
Javier Betancort, gerente de Lancelot Medios declarando en Montecarlo

Además, los tres deberán devolver de forma solidaria al Ayuntamiento de Arrecife el dinero malversado, que asciende a más de 300.000 euros. Tanto Sáenz como Montesinos deberán responder de una cantidad máxima de 310.544,92 euros; mientras que Javier Betancort, que actualmente es gerente de Lancelot Medios, lo hará por 287.175 euros, que es la cantidad dinero público que contribuyó a malversar, cargando facturas falsas al Ayuntamiento por servicios que realmente no se habían prestado.

Cabe recordar que los tres fueron ya condenados en la primera pieza del caso Montecarlo que fue a juicio en Lanzarote, por otro desfalco en el Ayuntamiento de San Bartolomé. En cuanto a este segundo juicio, era el primero que se celebraba en relación al Consistorio de Arrecife, y aún hay pendientes otros dos.

La sentencia dictada el pasado jueves 23 de julio y notificada este lunes a las partes también ordena el comiso del dinero que se intervino en varias cuentas de Carlos Sáenz y de las empresas de Montesinos, que fueron utilizadas para blanquear dinero que el interventor recibía ilegalmente; así como de un inmueble en Puerto del Rosario y de dos vehículos.

 

"Debe acreditarse un perjuicio manifiesto"

Respecto a Federico Toledo, la sentencia recuerda que estaba acusado de un delito de deslealtad profesional y otro como colaborador del delito de malversación, por su intervención como abogado del Ayuntamiento en los pleitos que inició Montesinos cuando el Consistorio dejó de abonarle las facturas fraudulentas.
Fue el entonces alcalde del PP, Cándido Reguera -que también estaba imputado en esta causa y falleció durante la instrucción- quien designó a Toledo como abogado frente a esas demandas, y lo hizo meses después de que fueran interpuestas. Al respecto, la sentencia señala que no se puede atribuir al letrado ese retraso en su nombramiento, y tampoco considera acreditado que después perjudicara deliberadamente los intereses del Ayuntamiento. 

Al respecto, señala que para que exista delito de deslealtad profesional “debe acreditarse la existencia de un perjuicio manifiesto de los intereses encomendados al acusado”, derivado de su “acción u omisión”. Y en este caso, considera que “la única actuación que pudiera entenderse como causante de un perjuicio manifiesto podría ser la decisión del acusado señor Toledo de no recurrir la sentencia” de primera instancia que dio la razón a Montesinos en uno de los pleitos. “Sin embargo”, añade la sentencia, “tampoco entendemos que se haya causado un manifiesto perjuicio al Ayuntamiento, pues existían otras formas de evitar que en dicho procedimiento se llegaran a pagar las facturas, y prueba de ello es que dicho procedimiento está paralizado por la presente causa penal”. Así, concluye que es “discutible que el no recurrir la sentencia pudiera ser considerado una acción maliciosa del abogado para perjudicar a su cliente, en este caso el Ayuntamiento de Arrecife, ya que a la hora de recurrir una resolución debe tenerse en cuenta las posibilidades de que el recurso pueda prosperar”. 

En cuanto al hecho de que finalmente esas facturas se pagaran, la sentencia señala que fue una decisión adoptada en un Pleno de Arrecife, en el que se reconocieron cinco pagos a Montesinos. “El señor Toledo ni intervino en los pagos fraudulentos de las facturas anteriores a su nombramiento, ni consta que tuviera intervención alguna en los abonos posteriores de las facturas pendientes, que como hemos visto, se aprobaron por el Ayuntamiento de Arrecife con la intervención del acusado Sáenz Melero. Asimismo, no consta que la amistad del señor Toledo con el también acusado Javier Betancort, guardara relación alguna con los delitos aquí imputados, ni que dicho acusado al entrar en el despacho de la Secretaría del Ayuntamiento de Arrecife, pueda dar a enteder su implicación en los delitos de los otros acusados”, añade el fallo.

Por eso, concluye que no ha quedado acreditado que Federico Toledo “facilitara la sustracción de caudales públicos llevada a cabo por los otros acusados, ya que ni intervino en la presentación y cobro de la facturas abonadas con anterioridad a su nombramiento, ni intervino directa o indirectramente en el pago de las facturas abonadas a través del reconocimiento extrajudicial de crédito”.

LO MAS LEÍDO