Un matrimonio, a juicio por estafar más de medio millón de euros a una empresa de Lanzarote

Él era administrador de la sociedad y realizó transferencias y pagos por valor de 284.415 euros "no justificados". Además, vendió a su mujer una vivienda de la empresa y luego no entregó el dinero

I.L.

Periodista

30 de junio de 2022 (15:49 CET)
Actualizado el 30 de junio de 2022 (16:16 CET)
Fachada de los Juzgados de Arrecife

Una pareja será juzgada la próxima semana por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial por presuntos delitos de apropiación indebida y estafa a la empresa de la que él era administrador, Vista Properties SL.

La Fiscalía cifra el perjuicio a sus socios en más de medio millón de euros, entre extracciones “injustificadas” de las cuentas y la venta de una propiedad, que pasó a nombre de su mujer sin entregar después el dinero a la empresa.

Según el escrito de acusación, R.P.C.B. empezó en 2002 transfiriendo cantidades de dinero de la sociedad a otras cuentas abiertas a su nombre, llegando a sumar un total de 55.634 euros en cuatro años.

Además, en ese mismo periodo realizó pagos y transferencias a la entidad Park Office S.L., de la que también era socio, por la cantidad de 228.781 euros, “sin que tampoco conste causa alguna justificada”.

La tercera operación es la que implica a su esposa, H.M.B. En ese momento, el acusado ya no era administrador único de la empresa, ya que le habían revocado del cargo unos días antes. Sin embargo, el 19 de octubre de 2006 firmó un contrato de compraventa ante notario, “invocando la condición de administrador único de la entidad”, que ya no ostentaba.

Así, vendió a su mujer una vivienda unifamiliar propiedad de la empresa, por un precio de 400.000 euros. En la escritura se hizo constar que había recibido previamente la cantidad de 198.228,35 euros, y que el resto se compensaría al subrogarse la compradora la hipoteca que pesaba sobre la propiedad. Sin embargo, según la Fiscalía, ni ingresó los casi 200.000 euros en las cuentas de la empresa, ni se asumió la subrogación del préstamo hipotecario.

Además, señala que tampoco se liquidó el impuesto correspondiente al IGIC, que ascendía a 20.000 euros. Así, el Ministerio Fiscal reclama que el acusado indemnice a la empresa con 502.643 euros, a lo que advierte que habrá que sumar lo que corresponda a las cuotas del préstamo hipotecario que tuvo que seguir pagando la empresa tras la venta del inmueble, más los correspondientes intereses.

De esa suma deberá responder de manera solidaria su mujer, en la cantidad relativa a la vivienda, donde considera que participó como “cooperadora necesaria” de un delito de estafa.

Para ella, la Fiscalía pide dos años de prisión y una multa de 2.400 euros por ese delito, mientras que para R.P.C.B solicita 4 años de cárcel y una multa 3.000 euros por el delito de apropiación indebida (el escrito no precisa cuánto solicita por el otro).

En ambos casos ha aplicado como atenuante las dilaciones indebidas en la tramitación de esta causa, que se inició hace 16 años. Al respecto, subraya que estuvo “paralizada” desde el 8 de julio de 2010 hasta el 21 de abril de 2016, a la espera de una pericial contable.

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