El empresario Luis Lleó, que es uno de los principales acusados del caso Unión, acaba de recibir su primera condena a 15 meses de prisión. Los hechos están relacionados con su actividad privada en la empresa "Consultores y Asesores Legales Lleó S.L.", de la que era socio al 50 por ciento con su sobrino y denunciante de esta causa. Además, por la gestión de esta misma sociedad tiene aún otro juicio pendiente, en el que la Fiscalía le reclama 4 años de cárcel y su familia, que ejerce la acusación particular, 13 años de prisión, además de una multa de 72.000 euros y una indemnización de 146.791 euros por delitos de apropiación indebida e intento de estafa, entre otros.
A la espera de la celebración de ese juicio, que se ha suspendido en dos ocasiones, el que se ha resuelto ya es uno derivado de un hecho posterior. Concretamente, lo ocurrido en una Junta General de la sociedad celebrada en abril de 2015, cuando su familia ya había advertido de presuntas irregularidades en la gestión de la empresa. En esa Junta, según considera probado la sentencia, Luis Lleó "excluyó de la sociedad a Aday Lleó Carranza y a Jaime Lleo Khunel, y les cesó en sus cargos de administradores solidarios, modificó el régimen de gestión y administración, que pasó a ser de administración única, y cambió el domicilio social, que estaba en Arrecife, trasladándolo a Las Palmas de Gran Canaria", designándose él mismo "como administrador". Y todo eso lo hizo después de que su hermano y su sobrino abandonaran la reunión, tras advertir de que la constitución de la Junta no era válida porque no había presente un secretario.
"Con evidente ánimo de menoscabar los intereses patrimoniales del segundo socio, siguió adelante con el referido orden del día", sostiene la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife, que condena a Luis Lleó por un delito societario, por el que además de 15 meses de prisión le impone una pena de inhabilitación especial para el ejercicio del cargo de administrador de sociedad mercantil durante el mismo tiempo, así como el pago de las costas procesales.
Anula los acuerdos que adoptó "unilateralmente" y sin secretario en la Junta
Además, la sentencia anula también los acuerdos adoptados en esa Junta General de la sociedad. En esa sesión, en la que el acusado terminó votando solo, tras ausentarse los otros dos miembros de la Junta, se dio autorización a sí mismo para emprender acciones contra su sobrino, Aday Lleó, intentando responsabilizarle de algunas de las irregularidades que se habían detectado en la empresa.
"Adoptó los acuerdos unilateralmente sin oposición alguna y por tanto logrando que tales acuerdos fueran ejecutivos, con una mayoría que caso de haber concurrido Aday y Jaime Lleó no hubiere obtenido, pues hubieran votado lógicamente en contra, tal y como declaran en el juicio, lo que era conocido por el acusado", señala la sentencia, contra la que aún cabe recurso.
Quien supuestamente ejerció las funciones de "secretario" en esa Junta y se encargó de levantar acta fue el notario Pedro Eugenio Botella Torres, que no tenía competencias para ostentar este cargo y también estuvo imputado en esta causa. Al respecto, la sentencia recuerda que se sobreseyeron los cargos contra él "por no considerarse que hubiere tenido participación activa en la junta, sino que se limitó a levantar el acta".
Rechaza abrir diligencias contra el notario por falso testimonio
Durante el juicio, la acusación pidió que se abrieran nuevas diligencias contra este notario por un supuesto delito de falso testimonio durante la vista oral. En ella declaró como testigo y, según señala la sentencia, defendió "la validez de la junta, manifestando que es cierto que preguntó primero por error quién quería ser presidente antes que secretario, que el acusado se nombró presidente después de que los dos socios abandonaran la reunión, que cree que actuó como secretario en la junta – aunque nada se menciona en la misma al respecto- reconociendo que no está entre las funciones de notario actuar como secretario de juntas de sociedades, no teniendo claro si puede o no ser secretario, manifestando que tendría que meditarlo".
No obstante, la juez Margarita Gómez no considera que el notario incurriera en un delito de falso testimonio en su declaración en el juicio. Y es que aunque hace referencia a sus "imprecisiones", señala que "no se consideran sea de intensidad requerida ni de trascendencia para que pueda incardinarse en la figura de falso testimonio". En cuanto a las "contradicciones" con respecto a lo que declaró en fase de instrucción, la magistrada recuerda que en ese momento declaró como imputado y no como testigo, por lo que no tenía obligación de "decir la verdad".
Su familia pedía 6 años de prisión solo en este juicio
Aunque la sentencia condena a Luis Lleó por el delito societario por el que le acusaba el Ministerio Fiscal, que reclamaba 21 meses de prisión, le absuelve del otro delito que le imputaba su sobrino, de falsedad documental. Y es que aunque la sentencia declara ilegal y delictiva la celebración de esa Junta, no considera que el acta que se levantó fuera falsa.
En total, la acusación particular pedía 6 años de cárcel para Lleó, tres por el delito societario y otros tres por falsedad documental, con el agravante de abuso de confianza. Esto último también ha sido rechazado en la sentencia, ya que entiende que Luis Lleó no actuó "prevaleciéndose de las relaciones con los dos socios, sino que se realiza a espaldas de los mismos, una vez abandonan la reunión y por tanto desconociendo que se estaban aprobando los acuerdos". Además, subraya que "las relaciones entre ellos eran pésimas desde el año 2007, teniendo nula o casi inexistente relación, según todos ellos declaran, además de existir entre ellos múltiples procedimientos judiciales en curso, incluso en el orden penal, por lo que más que relación de confianza había una gran desconfianza, lo que motiva la intervención de notario en la junta".
Junto a esos otros juicios pendientes que tiene Luis Lleó por denuncias interpuestas por su familia, aún debe sentarse en el banquillo por la pieza que dio origen al caso Unión. En esa pieza, Lleó está acusado por el presunto intento de soborno a Carlos Espino para desbloquear la construcción de la parcela de Costa Roja, por el que la Fiscalía le pide seis años de cárcel. El otro acusado, Fernando Becerra, ha reconocido que hizo de intermediario en ese intento de soborno y ha aceptado la pena que el fiscal pide para él, de año y medio de prisión.