Condenado un hombre que tenía permiso para conducir pero mostró un carnet "falso" a la Policía

La Audiencia Provincial ha confirmado una pena de siete meses de prisión y multa de 1.260 euros al desestimar un recurso del acusado

9 de marzo de 2020 (22:20 CET)
Condenado un hombre que tenía permiso para conducir pero mostró un carnet "falso" a la Policía
Condenado un hombre que tenía permiso para conducir pero mostró un carnet "falso" a la Policía

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha ratificado una condena de siete meses de prisión que el Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife interpuso a un hombre tras ser pillado por la Policía Local con un carnet de conducir "falso". La sala ha desestimado un recurso del acusado, que además deberá hacer frente a una multa de 1.260 euros. 

El acusado basó su recurso en que "estaba legalmente habilitado para conducir por haber obtenido su licencia en Venezuela" y que por ello "ninguna razón" tenía "para tener en su poder un documento supuestamente falso" porque "le era innecesario".

No obstante, si bien  "la propia acusación ha dado por cierto que el acusado tenía dicho permiso en base a la consulta que se hizo al Consulado de Venezuela", la Audiencia Provincial afirma que "lo que no es posible discutir" es que "el permiso que exhibió a la policía local es falso" y que "como quiera que en el mismo aparecían sus datos personales y su fotografía, la única conclusión que se puede obtener es que el acusado participó en la falsificación de su permiso de conducir". 

"Las explicaciones que dio el acusado en el acto del juicio no se sostienen, porque por muy mala que sea la situación en Venezuela, la no existencia de medios materiales, como puede ser papel, no es de aplicación a este caso, dado que el soporte del documento es una tarjeta de plástico del mismo tipo que las que se utilizan en España", añade la sala, en una sentencia dictada el pasado mes de septiembre.

Asimismo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial apunta que "tampoco se sostiene que se entregara a un tercero el documento original del acusado y a éste se le entregara uno falso, pues ello supondría que los dos documentos son falsos, el del acusado porque ha quedado acreditado que lo es y el del tercero porque no se correspondería con sus datos, sino con los del acusado". 

 

Motivos que la Audiencia cree que pueden llevar a la falsificación 


Además, con relación a que el acusado no tenía necesidad de falsificar el permiso de conducir pues ya lo tenía, la sala señala que "pueden existir motivos que lleven a una persona a falsificar el documento que acredita que se tiene permiso de conducir, como puede ser, por ejemplo, el extravío del original y la dificultad para obtener uno nuevo dadas las circunstancias del país que debe emitir dicho documento". 

"Con ello no queremos decir que esto haya sido lo que ha sucedido, pues no existe prueba al respecto, lo que queremos destacar es que existen motivos que pueden llevar a una persona a falsificar un documento que acredite su identidad o que está facultado para conducir", resalta la Audiencia, que concluye que "en el presente caso de lo que no hay duda es de que el acusado facilitó su fotografía y sus datos personales, con lo cual contribuyó con un acto esencial para la elaboración de un permiso de conducir falso a su nombre". Por ello, desestima su recurso confirmando la condena por un delito de falsedad en documento oficial. 

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