Absueltos los promotores de los chalets de La Bufona por la prescripción del delito

La causa juzgaba a Antonio Caro y a Federico Echevarría por la construcción de viviendas sobre suelo rústico en un terreno que no era de su propiedad en las afueras de Arrecife

31 de julio de 2023 (16:42 CET)
Actualizado el 1 de agosto de 2023 (08:13 CET)
El constructor Antonio Caro y al arquitecto Federico Echevarría en una imagen de archivo
El constructor Antonio Caro y al arquitecto Federico Echevarría en una imagen de archivo

El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife ha absuelto al constructor Antonio Caro y al arquitecto Federico Echevarría de un delito contra la ordenación del territorio y el medioambiente en el marco del caso La Bufona por prescripción de los delitos. Esta causa juzgaba a ambos promotores por construir chalets sobre suelo rústico en un terreno que no era de su propiedad en las afueras de Arrecife. 

El Juzgado entiende así extinguida la responsabilidad penal y declara de oficio el pago de las costas procesales. La sentencia, que no es firme, podrá recurrirse en un plazo de diez días. 

Esta causa, que se remonta a comienzos de siglo, ya fue juzgada y la Justicia condenó entonces a ambos acusados a seis meses de prisión. Tras un recurso de apelación ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas se rebajaron las penas en febrero de 2017. Sin embargo, esta misma Sala dictó en julio de 2018 la nulidad de lo actuado, retrotrajo las actuaciones y obligó a celebrar nuevamente el juicio oral. El Ministerio Fiscal había pedido entonces que se llamara al procedimiento a los propietarios de las viviendas objeto de debate. Entre ellos, la presidenta del Partido Popular de Lanzarote, Ástrid Pérez.

En la nueva celebración del juicio, durante varias sesiones que tuvieron lugar en junio de 2023, la Fiscalía calificó los hechos como un delito continuado contra la ordenación del territorio. Pedía para los promotores Caro y Echevarría cuatro años de prisión para cada uno, inhabilitación especial del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de seis meses por diez euros al día, así como seis meses de inhabilitación para ejercer una profesión relacionada con la promoción inmobiliaria y construcción de viviendas.

Como responsabilidad civil, el Ministerio Público había solicitado entonces la demolición de las obras ilegalmente construidas entre las viviendas de la uno a la 12 de las parcelas A1, A2 y viviendas de la parcela A3 número 33 y 34 y reponer la realidad física alterada. En este caso, solo en la parte que invade suelo rústico por el norte.

El caso se remonta a octubre de 1999, cuando la familia Murillo presentó una denuncia ante la Guardia Civil por la construcción de 53 viviendas unifamiliares dentro del Plan Parcial de la Bufona. Los acusados realizaron las obras de construcción, levantaron un muro y vendieron las primeras casas a diferentes particulares. Tras ello, los diferentes propietarios fueron realizando obras de acondicionamiento. Entre ellas, piscinas, pérgolas o enlosado. Ahora la Sala estima que los delitos, cometidos hace dos décadas, han prescrito. 

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