El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife ha absuelto a una vecina propietaria de un solar en Caleta de Caballo acusada de un delito de desobediencia grave por el Ayuntamiento de Teguise al no retirar de su propiedad un vallado que cerraba la vía pública. La sentencia no firme puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Las Palmas en un plazo de diez días.
La Fiscalía y el Ayuntamiento de Teguise pedían para la mujer nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas.
El fallo de la Sala afirma que un delito de desobediencia exige que la "resistencia o la desobediencia sean graves". Sin embargo, la prueba practicada en el plenario constata que la acusada no recibió un requerimiento "expreso e individualizado" para que eliminara o retirara la valla de forma forzosa. Solo fue notificada al inicio de que había comenzado un proceso en su contra.
Los hechos se remontan al pasado 20 de agosto de 2020, el Ayuntamiento de Teguise, bajo la alcaldía de Oswaldo Betancort, acordó eliminar el vallado que cierra la vía pública de esta finca. El Consistorio consideró entonces que fue construida "sin obtener la correspondiente y preceptiva licencia urbanística o comunicación previa".
Como hechos probados en la sentencia se recoge que la propietaria de este terreno no fue notificada, sino que se notificó a otra persona de que debía eliminar el vallado. Tras este decreto, el Ayuntamiento de Teguise acordó incoar el procedimiento de ejecución forzosa y dio 24 horas para que se retirara la valla.
La Sala recoge que "no consta" que el Consistorio, a través del área de Urbanismo, llevada entonces por Olivia Duque, la actual alcaldesa, notificase a la propietaria del terreno dicho apercibimiento.
A lo largo del proceso, la documentación aportada durante la causa revela que se trató de notificar a la ciudadana en varias ocasiones sin éxito, puesto que no vivía en la zona. Así pues, a finales de año podría haberse notificado a su marido el requerimiento, pero no consta la firma del mismo.
Según recoge el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, "no consta que la acusada fuera notificada del decreto de ejecución forzosa, no realizándole ningún requerimiento personal con advertencia de las consecuencias de un posible incumplimiento de la orden, ni de que se procedería a interponer denuncia ante la Fiscalía en caso de incumplimiento".
El 28 de diciembre de 2020, el Ayuntamiento de Teguise resuelve desmontar la valla y el transporte del material por su cuenta. El coste fue de 92,57 euros al tratarse de una valla de "escasos metros". La Sala considera que "resulta evidente que en 15 minutos es tiempo suficiente para su desmontaje".
El Juzgado asegura que teniendo en cuenta "la falta de una notificación expresa", unido a "la escasa o mínima importancia" de los hechos, resuelve que la propietaria de la finca debe ser absuelta.