El abogado de San Ginés carga ahora contra la Audiencia y tacha de “irracional”, “absurda” y “arbitraria” su decisión

Ha presentado un escrito para evitar que el juicio vuelva al Juzgado de lo Penal, que suspendió la vista después de que él mismo amenazara a la jueza con denunciarla. Según la Audiencia, la falta de competencia que alegó no es real

17 de diciembre de 2020 (17:39 CET)
Actualizado el 17 de diciembre de 2020 (19:51 CET)
Pedro San Ginés, entrando a los Juzgados de Arrecife con sus abogados. Foto: Sergio Betancort
Pedro San Ginés, entrando a los Juzgados de Arrecife con sus abogados. Foto: Sergio Betancort

La defensa de Pedro San Ginés ha presentado un nuevo escrito para intentar que el juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja no vuelva al Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife, como acaba de ordenar la Audiencia Provincial, que ha tumbado el argumento que usó su abogado para conseguir que la vista se suspendiera. Ahora, el letrado de San Ginés ha pedido que se anule ese auto de la Sección Primera de la Audiencia, tachando su decisión de "absurda", “irrazonable”, “contradictoria” y “arbitraria”, entre otros calificativos.

En ese escrito, el abogado del ex presidente del Cabildo admite que el auto de la Audiencia no indica que quepa recurso contra él, lo que también le reprocha. Por eso, lo que ha hecho es interponer una solicitud de nulidad, señalando que el auto “vulnera el principio de seguridad jurídica”, el “derecho a la tutela judicial efectiva” y “al juez predeterminado por ley” y que “pudiera incurrir en arbitrariedad proscrita”.

En definitiva, lo que intenta evitar es que el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife continúe el juicio que inició el pasado 16 de noviembre, y que terminó suspendiendo al día siguiente a petición de este mismo letrado, que llegó a amenazar a la magistrada con presentar una denuncia contra ella por un posible delito de prevaricación. Lo que alegó entonces -que ha sido rechazado con contundencia por la Audiencia Provincial-, es que la magistrada no era competente para celebrar la vista, ya que la pena solicitada superaba los diez años de inhabilitación.

Al respecto, el auto de la Audiencia aclara que la cuestión de competencia no viene marcada por la pena que soliciten las acusaciones, sino por la pena máxima recogida por el Código Penal para ese tipo delictivo, al margen de los agravantes que quieran aplicar después las partes. Y en el caso de la prevaricación, el Código Penal vigente en el momento de los hechos -que es el que hay que aplicar- establecía penas de entre 7 y 10 años de inhabilitación.

En su respuesta, en la que llega a poner en cuestión incluso la “inusitada rapidez” con la que ha resuelto el tema la Audiencia, el abogado reclama que se dicte un nuevo auto “en el que continúe la tramitación de las actuaciones ante la sección que corresponda” de la Audiencia (en realidad ya había recaído en la Sección Primera, que es la que ha devuelto la causa al Juzgado), lo que supondría dilatar de nuevo el procedimiento durante meses o incluso años.

“La resolución impugnada debe ser declarada nula pues provoca una situación procesal que altera manifiestamente las normas del juicio debido, con lesión de derechos procesales y principios de orden público, por lo que resulta oportuno e inaplazable instar su nulidad”, sostiene el abogado de San Ginés, que afirma que es su deber emprender acciones contra resoluciones que pueden ser “gravemente perjudiciales para los derechos” de su cliente.

En su escrito, el letrado de San Ginés, José María Calero, llega a afirmar que la Audiencia ha realizado “una interpretación de la ley que resulta manifiestamente irrazonable, contradictoria y absurda, adoptando por tanto una resolución no prevista en la ley, sin ningún previo trámite, que impone una decisión meramente voluntarista y arbitraria”. Eso sí, junto a esa frase y tras cada afirmación que plantea en términos similares, añade que lo hace “con todos los respetos y consideración” a la Sala. “El elemento común a los tres fundamentos de la resolución, como se ha expuesto, es su falta de racionalidad”, afirma incluso en su escrito.


La Audiencia reprochó lo "extemporáneo" del debate planteado por la defensa

Entre otras cosas, el auto de la Audiencia cuestionaba que este debate sobre la competencia del Juzgado se introdujo por parte de la defensa de San Ginés de forma extemporánea, ya que lo debió plantear al inicio del juicio, cuando las partes presentan las cuestiones previas. Al respecto, el abogado del ex presidente sostiene que la competencia de un juez o un tribunal para conocer un asunto es “una cuestión de orden público que incumbe determinar al propio órgano, sin perjuicio de las advertencia o alegaciones sobre el particular que las partes puedan hacer”.

Así, considera que no es relevante que él mismo no lo planteara ni al comenzar el juicio ni en los dos años previos, cuando la causa ya se había remitido a este juzgado para su enjuiciamiento. Al respecto, se limita a señalar que esa supuesta falta de competencia la “puso en conocimiento en el mismo momento en que fue advertida”. Es decir, que pese a que sostiene que es algo "elemental", que vulnera derechos fundamentales y que plantear lo contrario atenta contra la razón, el abogado alega que él no había reparado en ello hasta dos años después de haber conocido la pena solicitada en el escrito de acusación y cuando el juicio ya iba por su segunda jornada.

Por su parte, la acusación popular lo ha calificado como una “estrategia calculada y preparada” tras lo ocurrido en la primera sesión del juicio, después de que la magistrada rechazara su petición de archivar la causa y, “sobre todo, tras la declaración realizada en sede judicial por don Francisco Perdomo, que echa por tierra la defensa del señor San Ginés”. Además, denuncia que se hizo “con mala fe”, “bordeando los límites del fraude procesal” y con “intimidación” a la jueza, a la que el letrado terminó llevando a error, tal como ha señalado ahora la Audiencia.

Por su parte, en un comunicado enviado a los medios en la noche de este miércoles, el propio Pedro San Ginés anuncia que su defensa ha presentado esta solicitud de nulidad, y adelanta que es un paso previo a la “interposición de un recurso de amparo”, con el que por lo pronto seguirá dilatando el procedimiento. “Adoptaré cuantas medidas indiquen mis servicios jurídicos para ser juzgado donde me corresponda”, sostiene San Ginés, después de que la Audiencia ya haya confirmado que el que le “correspondía” era precisamente el Juzgado que estaba celebrando la vista.

El ex presidente, que durante el juicio se negó a responder a las preguntas de la acusación y también de la fiscal, añade además que cuando se reanude la vista -o se inice de nuevo, si consigue que prosperen sus intentos- defenderá “tanto” su “inocencia” como “la falta de legitimidad como acusación popular o particular de los ex consejeros del Grupo político Podemos”. A este último argumento se lleva aferrando en el último año para intentar que se anule la causa, pero todas las instancias en las que ha presentado recursos han rechazado sus pretensiones y han legitimado la intervención como acusación popular de Carlos Meca y Pablo Ramírez.

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