Tenía 31 años cuando se cayó por un precipicio en el municipio de Teguise y sufrió una lesión medular que le dejó parapléjica y le causó daños en la vejiga y el intestino. Ahora, cuatro años después, una sentencia ha reconocido su derecho a recibir una ayuda por "gran invalidez". De esta forma, además de cobrar una prestación de la Seguridad Social por incapacidad permanente, podrá también recibir un complemento para sufragar la atención que necesita.
La sentencia concluye que las lesiones que sufrió "hacen necesaria objetivamente la asistencia de una tercera persona para realizar actos tan elementales como asearse, miccionar o defecar, así como la utilización de silla de ruedas para desplazarse". Además, agrega que "el esfuerzo realizado para adaptarse a la nueva situación y el aprendizaje para acceder a aseo, retrete, ducha y bañeras adaptadas, así como para la autorrealización del cateterismo vesical para orinar y el manejo y uso de la silla de ruedas, no puede llevar a concluir que se trate de una persona plenamente autónoma".
Por eso, le reconoce la "gran invalidez" y condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social "a abonarle el correspondiente complemento", que asciende a 651,86 euros mensuales, con la obligación además de aplicar este pago con carácter retroactivo, desde que la demandante solicitó por primera vez esta ayuda y le fue denegada, en abril de 2013.
Tras el accidente, ocurrido en noviembre de 2012, la Seguridad Social declaró su "incapacidad permanente absoluta", otorgándole una pensión de 900,63 euros mensuales. Sin embargo, la afectada presentó una reclamación, por la que pedía esa ayuda añadida, para poder afrontar los gastos que implica su actual situación. Al ver rechazada su pretensión, decidió acudir a los tribunales, que en primera instancia no le dieron la razón. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que es donde reside actualmente, le acaba de reconocer este derecho.