La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a J.M, natural y vecino de Arrecife, a 17 años de prisión, por sendos delitos de agresiones sexuales continuas y violencia habitual en el ámbito doméstico hacia su hija, desde el año 2003, cuando la menor tenía 14 años de edad, hasta el año 2007.
En su sentencia, la Sala impone a este vecino de Arrecife la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse con la víctima por cualquier medio o procedimiento en el plazo de 20 años. Asimismo, deberá indemnizar a la víctima con una cantidad de 18.000 euros.
La Audiencia considera como hechos probados que el procesado, sin antecedentes penales, y desde fecha indeterminada de 2003, realizó "tocamientos en el pecho y en la vagina a su hija, la cual contaba entonces con 14 años de edad". Unos hechos que, según la sentencia, se fueron repitiendo en diferentes ocasiones, "cuando el acusado se hallaba a solas con su hija en el domicilio familiar, procediendo el acusado a desnudarla y a tumbarla en la cama, efectuando tocamientos en el pecho y obligándola a masturbarlo hasta que eyaculara". "Si la joven se negaba, el procesado la agarraba fuertemente de las manos, dirigiéndolas a su pene, diciéndole que lo que pretendía era enseñarle y que no comentara nada a nadie".
En dos de estas ocasiones, explica la sentencia, "el procesado intentó penetrar vaginalmente con el pene a la víctima, agarrándola fuertemente por las muñecas y tirándola a la cama, no logrando su propósito al conseguir aquella zafarse de su padre", aunque sí "pudo introducir los dedos en la vagina de su hija".
Esta situación, según la Audiencia, se prolongó hasta el año 2007, cuando la menor abandonó el domicilio familiar y buscó refugio en casa de su abuela materna. Sin embargo, durante esos mismos años, la menor también fue objeto de una conducta de menosprecio por parte de su padre, quien le solía proferir expresiones como "puta", "hija de puta", "eres una inútil" y "no sirves para nada", "poniéndola de rodillas cara a la pared tanto a ella como a su hermano menor, propinándoles golpes o dejando a la joven sin comer".
Testimonios
De esta forma, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas da por bueno el testimonio de la menor, quien "mantiene y persiste en la misma versión de los hechos" desde su primera declaración. Así, tiene en cuenta la "verosimilitud" de su relato y otros elementos probatorios, como los abandonos de la casa familiar, reconocidos tanto por la madre, como por la abuela y el propio procesado.
Además, la sentencia también valora la declaración del novio, al que la menor le cuenta lo sucedido tras la insistencia de éste "al oírla llorar todas las noches, observar que estaba siempre triste y tener dificultades para practicar con ella relaciones sexuales".
Igualmente, fueron importantes los testimonios de la abuela materna, quien se entera de los hechos por el novio de la menor, y de una docente del centro donde ésta cursaba estudios de administrativo, quien disponía de anotaciones acerca de la menor en las que decía: "altos niveles de inseguridad y timidez extraordinaria, tiembla al hablar", anotando a continuación: "¿sufre esta alumna maltrato por parte de sus padres?".
Además, el informe de las peritos psicólogas mantiene que la menor presenta un cuadro de ansiedad y depresión, y consideran que su relato es creíble.
Tanto el procesado como su mujer quisieron atribuir la causa desencadenante de la denuncia a la propia abuela materna, a la que la propia madre de la víctima acusaba de "manipular" a la joven en contra de su marido, ya que "nunca había aceptado su matrimonio con el procesado, entrometiéndose constantemente en la educación de sus hijos". Sin embargo, el tribunal considera que, con independencia de las malas relaciones existentes, "nada influye en el contenido de la denuncia", ya que "la abuela se enteró después de mucho tiempo".
Asimismo, la sentencia evidencia que existían "ciertas contradicciones" en las declaraciones del procesado y su mujer.
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